El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 ha dictado
sentencia condenatoria para un hombre que maltrató a su
mujer, de la que se quería divorciar por no tener relaciones
sexuales. Por ello, el imputado tendrá que cumplir 9 meses
de prisión y, además, no podrá acercarse a la denunciante a
menos de 200 metros durante un periodo de dos años.
Nueve meses de prisión, inhabilitación especial para el
derecho de sufragio pasivo, privación del derecho a la
tenencia y porte de armas durante dos años, así como la
prohibición de aproximarse o comunicarse por cualquier medio
con su mujer, en cualquier lugar donde se encuentre ni
acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a
cualquier otro que sea frecuentado por ella, en una
distancia de 200 metros por un periodo de dos años.
Esta ha sido la sentencia dictada por el magistrado del
Juzgado de lo Penal número 2 para un hombre condenado por un
delito de malos tratos en el ámbito familiar, por el que el
Ministerio Fiscal en la ciudad le pedía 10 meses de cárcel.
Según lo declarado por el propio imputado durante el juicio,
celebrado el pasado 22 de julio, este quería divorciarse de
su mujer porque esta se negaba a mantener relaciones
sexuales, por lo que le pidió que le firmase los papeles y
esta se negó.
Lo que sí ha considerado probado el juez para dictar una
sentencia condenatoria es que el día 12 de junio, sobre las
23:30 horas, el acusado “cogió de los pelos, arañó el cuello
y dio una patada que impactó sobre su esposa” cuando ambos
se encontraban en el domicilio familiar, ubicado en la
barriada Príncipe Felipe. Como consecuencia de estos hechos,
la denunciante necesitó tres días de recuperación, hecho
reflejado en el informe del forense.
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