La Oficina del Censo Electoral abrirá el próximo 1 de
diciembre el plazo para que los extranjeros residentes en
España que deseen votar en las elecciones que se celebrarán
el próximo 22 de mayo puedan hacerlo. Podrán ejercer su
derecho al sufragio los foráneos que sean nacionales de la
Unión Europea y de otros países con acuerdos que les
reconozcan ese derecho y sean residentes en España (hasta la
fecha, Noruega, Chile, Colombia, Ecuador, Nueva Zelanda,
Paraguay y Perú). Los ciudadanos de la UE tendrán que hacer
una declaración formal de manifestación de voluntad de votar
ante la Ciudad o por Internet. Para facilitar esta
inscripción, la Oficina del Censo Electoral les remitirá en
la segunda quincena de septiembre una comunicación
personalizada. A los demás se les exige, entre otros
requisitos, Haber residido en España, legal e
ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años
anteriores.
|