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sucesos - DOMINGO, 5 DE SEPTIEMBRE DE 2010


el preembarque para Algeciras. archivo.

tribunales
 

Traficaron con 3 rumanos
que llevaban papeles falsos
comprados en Marruecos

El juez de la Sala de lo Penal del Tribunal
Supremo considera, como la Audiencia, que “no es casualidad” que 5 “compatriotas” que no se conocían viajasen juntos desde Ceuta
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Tres años de prisión será la pena a la que deberán seguir haciendo frente dos personas que traficaron con tres rumanos que, además, llevaban documentos falsos que habían comprado en Marruecos. Así lo avala el auto emitido por el juez de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), tras inadmitir el recurso de casación interpuesto por la defensa de los imputados, que consideraba vulnerado el derecho a la presunción de inocencia. Aunque el magistrado sigue considerando que “no es casualidad” que cinco “compatriotas” que no se conocían viajasen juntos desde Ceuta para compartir los gastos de un trayecto hasta Zamora.

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto avalar la sentencia condenatoria dictada por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta para dos personas que traficaron con tres rumanos que, además, llevaban documentos falsos que habían comprado en Marruecos.

A este respecto, y al igual que consideró el tribunal ceutí, el magistrado del Supremo refiere en el auto emitido que “no es casualidad que cinco rumanos que se desconocían viajasen juntos desde Ceuta”, inadmitiendo de esta forma el recurso de casación presentado por la defensa de los dos condenados. Por lo que los dos procesados deberán seguir haciendo frente a las penas de tres años de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el comiso del vehículo intervenido y al pago de la mitad de las costas procesales como autores de un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros.

Dicho recurso presentado por la defensa esgrimía que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia aduciendo que no se había practicado prueba suficiente para acreditar que los recurrentes intentaron introducir de forma ilegal a tres inmigrantes en España a cambio de dinero. “Y si bien estos últimos reconocieron que trataban de acceder con documentación falsa a la localidad de Algeciras y que fue un intermediario quien les puso en contacto en el puerto solicitando a los recurrentes que llevase en su vehículo a los inmigrantes para, de esa forma compartir los gastos del trayecto hasta Zamora”.

Los hechos ocurrieron el 22 de mayo de 2009, en la zona de preembarque de vehículos del puerto de Ceuta, cuando los acusados, con permiso de residencia español, fueron sorprendidos por agentes policiales al pretender acceder al barco con destino Algeciras transportando en un turismo, propiedad de un tercero, a tres rumanos, “que querían introducir en la península a cambio de una cantidad de dinero no determinada sin que portasen documentación válida a tal fin ya que había sido alterada en algunos de sus extremos”, se desprende del auto judicial.

Un agente del Cuerpo Nacional de Policía fue el que apercibió que si bien todas las tarjetas eran rumanas, las que habían entregado los ocupantes del asiento trasero, los inmigrantes, eran distintas de las del conductor y su acompañante, ya que unas eran de cartón y otras de plástico. Ante tales declaraciones, los propios inmigrantes reconocieron que habían comprado sus documentos falsos a una persona de Marruecos por la cantidad de 2000 euros.

Por su parte, el acusado negó todos los hechos afirmando que, cuando fue a comprar los billetes para el ferry se les acercó una persona que les preguntó sí eran rumanos y a dónde se dirigían así como sí podían llevar a tres compatriotas suyos “sólo por ayudarles”, añadiendo que vio la documentación y que era como la suya.
 

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