El acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos para el empleo
público recoge en su documento anexo diversas medidas para
la “implantación del teletrabajo”. Así, y según se informa
en este texto, “en el ámbito de la negociación colectiva se
acordarán las medidas para la implantación del teletrabajo”.
Este sistema está considerado como “una nueva fórmula”
basada en las tecnologías de la información que posibilita
que los empleados públicos puedan desarrollar parcialmente
su jornada laboral desde un lugar distinto al de su centro
de trabajo.
Esta nueva forma de organización de la prestación laboral
puede suponer importantes beneficios, tanto para la
organización, al exigir la identificación de objetivos y la
evaluación del grado de su cumplimiento, como para los
propios empleados que, al poder desempeñar de forma parcial
su trabajo desde su domicilio, “ven aumentadas sus
posibilidades de conciliación del desarrollo profesional con
su vida personal y laboral”.
Código ético
En definitiva, dentro de las medidas a adoptar en el ámbito
de la negociación colectiva se especificarán las prioridades
para su implantación, la regulación de la prestación del
servicio y la vinculación con el centro de trabajo. Por otra
parte, y de conformidad con los principios establecidos en
el EBEP, se hará efectivo el Código Ético de Conducta de los
empleados públicos, que establezca con claridad los
principios de actuación en el ejercicio de sus funciones,
así como en su relación con el resto de la ciudadanía.
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