Tres años y siete meses de prisión y el pago de 56.328 euros
fueron las penas dictadas por la titular del Juzgado de lo
Penal número 1 para un hombre que reconoció ser el autor
criminalmente responsable de un delito contra la salud
pública, recogido en los artículos 368 y 369 del Código
Penal. Para la segunda acusada, la jueza decretó la
absolución puesto que no existían pruebas para encriminarla
en el delito.
La detención de los acusados tuvo lugar el 6 de junio en la
zona de preembarque de vehículos de la Estación Marítima,
cuando el can de la Guardia Civil detectó la presencia de
droga en el turismo en el que viajaban los imputados.
Concretamente, 30.846 gramos de resina de hachís. Uno de los
acusados reconoció ante el tribunal que había pactado el
transporte de la droga desde Tánger hasta Madrid y que le
iban a pagar por ello la suma de 4.000 euros. Además,
admitió haber llevado a la segunda encausada “engañada” ya
que este estaba en Marruecos de vacaciones ese fin de semana
y no sabía nada de la droga.
|