La oposición a la zona controlada de caza tiene abierto un
nuevo frente en la Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife),
que tras recibir la documentación solicitada a la Consejería
de Medio Ambiente estudia requerir su revocación,
considerando a priori que la gestión de este área responde
más a los criterios de un coto privado que a los de una zona
de dominio y uso público.
La Sociedad Española de Ornitología en Ceuta, SEO/BirdLife,
se ha unido a la asociación Caza Ceuta para solicitar a la
Consejería de Medio Ambiente que revoque la Zona Controlada
de Caza y que esta pase a su estatus anterior de terrenos
cinegéticos de aprovechamiento común.
La entidad acaba de recibir la documentación que solicitó a
la Ciudad sobre esta Zona Controlada de Caza y un plan de
acciones dirigido a la gestión de la misma. Es de anotar que
la SEO aceptó en su momento, con reservas, la creación de
esta zona y actualmente esta analizando toda la
documentación, aunque ya ha criticado que hasta la fecha
parece “más un coto privado de caza que una zona controlada”
para uso público.
El grupo ecologista también ha recibido la documentación
solicitada sobre la zona de campeo para perros, consistente
en un informe entregado por la Ciudad al teniente coronel de
la Guardia Civil y un decreto con fecha 23 de marzo 2005,
donde se autoriza a la Asociación de Cazadores, Pescadores y
Silvestristas de Ceuta a ampliar el uso de la zona de campeo
de perros de caza a los meses de junio y julio con un máximo
de tres canes.
Este autorización se formula al amparo del Real Decreto
506/1971 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Caza, donde no se especifica si se pueden campear perros o
no en época de veda.
Sin embargo, argumenta la SEO, el informe técnico no tiene
en cuenta la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad. En el capítulo sobre conservación de la
biodiversidad autóctona se especifica que “queda prohibido
dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a
los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o
la fase de su ciclo biológico”. Esta prohibición, prosiguen
los ecologistas, incluye su retención y captura en vivo, la
destrucción, daño, recolección y retención de sus nidos, de
sus crías o de sus huevos, así como la posesión, transporte,
tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos.
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