El Gobierno de Zapatero decidió ayer extender casi sin
excepciones el contrato con 33 días de indemnización por año
trabajado en caso de despido improcedente dentro del Decreto
Ley de reforma del mercado de trabajo que aprobó ayer el
Consejo de Ministros y que se tramitará como proyecto de ley
en el Congreso.
El Ejecutivo socialista aprobó ayer una reforma laboral
“sustancial y de las más importantes que se ha aprobado en
nuestro país”, según destacó el ministro de Trabajo,
Celestino Corbacho, para “reducir la temporalidad excesiva”
del mercado laboral español y “fomentar los contratos
indefinidos” que generaliza el contrato indefinido con 33
días de indemnización por año trabajado en caso de despido
improcedente en lugar de los 45 actuales pero sin efectos
retroactivos.
Hasta ahora este tipo de contrato, conocido como de Fomento
de contratación indefinida, estaba restringido a los
colectivos con más problemas para encontrar trabajo y no se
podían acoger a él los hombres de entre 30 a 45 años.
Además, el texto extiende el pago por parte del Fondo de
Garantía Salarial (FOGASA) de ocho días por año trabajado en
caso de extinción de contrato a todos los indefinidos y no
establece un plazo concreto mínimo de pérdidas para que una
empresa pueda acogerse a causas objetivas (económicas,
técnicas u organizativas) para decidir un despido
procedente, que tiene una indemnización de 20 días por año.
El documento facilita que las empresas puedan modificar las
condiciones laborales (horario, jornada, movilidad funcional
y geográfica) de sus trabajadores y establece un sistema
arbitral para los casos de desacuerdo cuya resolución será
de obligado cumplimiento. En el caso de los salarios, la
medida no podrá durar más tiempo que el periodo por el que
se ha firmado el convenio.
A las empresas con dificultades se les permitirá a partir de
ahora ajustar plantilla reduciendo la jornada laboral entre
el 10% y el 70%, pero sólo durante un año (el resto dará
derecho a prestación por desempleo). La bonificación a las
empresas aumenta del 50% al 80% cuando estas se comprometan
a formar a los trabajadores afectados.
Contra la temporalidad
Para luchar contra la temporalidad el Ejecutivo elevó el
tiempo máximo de los contratos de obra y servicio, que sólo
podrán extenderse dos años más uno en caso de que así se
recoja en el convenio colectivo (ahora no tienen límite) y
levantó las restricción a la actividad de las agencias
privadas de colocación, incluso en el sector de la
Administración pública, que hasta ahora tenían vetado.
Con el fin de reducir el número de relaciones laborales
temporales la nueva normativa prevé aumentar la
indemnización de los contratos temporales, que pasará de 8 a
12 días de forma progresiva entre 2012 y 2014.
En el capítulo de ‘Medidas para favorecer el empleo de los
jóvenes y de las personas desempleadas’ se establecen
bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad
Social por la contratación indefinida que irán desde 800
euros por año trabajado y durante un trienio en el caso de
desempleados con entre 16 y 30 años que lleven inscritos
como desempleados al menos un año y que no hayan completado
la escolaridad obligatoria o carezcan de titulación
profesional (mil euros si son mujeres) hasta 1.200 si el
incorporado es mayor de 45 años y lleva inscrito en la
Oficina de Empleo como mínimo un año (1.400 si es mujer).
Las empresas que se acojan a estas bonificaciones estarán
obligadas a demostrar que las incorporaciones suponen un
incremento de su nivel de empleo fijo y a mantener, durante
el periodo de duración de la bonificación, el nivel
alcanzado con la contratación subvencionada.
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