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ACTUALIDAD - LUNES, 14 DE JUNIO DE 2010


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inmigración
 

La Audiencia Nacional desestima seis recursos de petición de asilo en Ceuta

La Sala de lo Contencioso no considera
acreditada la existencia de persecución,
o temor a padecerla, por diversos motivos como la raza, la religión o la política

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Las seis últimas sentencias emitidas por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, entre abril y mayo, llegan a un punto común: desestimar el recurso contra la resolución de la Subsecretaría del Interior, que deniega el reconocimiento de la condición de refugiados y el derecho de asilo a seis inmigrantes que lo solicitaron entre 2003 y 2005 en la Oficina de Extranjería de Ceuta. El fundamento jurídico se sostienen sobre un pilar básico en todos los casos: “La Sala no aprecia motivos que acrediten la persecución, o su temor a padecerla, por motivos de raza, religión, nacionalidad, u opiniones políticas”, entre otros motivos.

Jon, Rosario, Custodia, Florentino, Silvio y Eulalio no obtendrán la condición de refugiado y el derecho de asilo en Ceuta. Así lo ha dictaminado la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional tras desestimar los seis recursos contencioso-administrativos promovidos por la representación procesal de los inmigrantes contra las resoluciones de la Subsecretaría del Interior en los diferentes casos.

El fundamento jurídico en que basa su decisión el tribunal es muy preciso en las seis sentencias: “La Sala no aprecia motivos que acrediten la existencia de persecución, o su temor fundado a padecerla, por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, con lo cual no concurre el presupuesto necesario para el reconocimiento del derecho a asilo y no apreciándose tampoco motivos relevantes que permitan acceder a la permanencia en España del recurrente”.

Los seis inmigrantes solicitaron asilo en España en la Oficina de Extranjería de Ceuta alegando una serie de motivo por los que tuvieron que abandonar su país de origen aunque la “falta de indicios” y el “valor probatorio” de los mismos no han acreditado que tengan que ser refugiados en nuestro país.

“Asesinaron a mi padre”

Silvio explicó en su petición de asilo que era cristiano, que los musulmanes asesinaron a su padre, que huyó y resultó herido. Fue a Mogadiscio y vivió en la indigencia debajo de un puente si bien volvió a huir después de que los musulmanes violasen a hombres y mujeres que estaban en su misma situación. Por ello, decidió abandonar sus raíces e intentar buscar otra oportunidad en España.

La historia tiene otro matiz desde la perspectiva judicial si bien la Sala argumenta en la sentencia que Somalia es un país convulso, de los calificados “Estados fallidos, donde se enseñorean los llamados señores de la guerra”, entendiendo que existen motivos suficientes para pedir refugio en otro país. Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que el relato de los hechos no es “nada convincente” cuando el recurrente habla de su situación personal y elude aspectos básicos como identificar a los agentes perseguidores, limitándose a decir que son “rebeldes musulmanes”, pero sin dar datos, por ejemplo, de clanes o subclanes cuando tal elemento es un factor clave en la identidad somalí. “Tampoco razona”, dice el tribunal de la Sala de lo Contencioso, por qué no huyó a países como Kenya, lugar de refugio para muchos cristianos somalíes. Y por último, el dato del idioma, “sin capacidad para integrar el concepto de inverosimilitud, pues el apelante dice hablar barawi e inglés y la Administración señala que el inglés no se habla en Somalia”.

“Mataron a mi hermana”

Eulalio dijo que había nacido en Ouwa, Sudán, siendo su nacionalidad de origen y la nacionalidad actual la sudanesa, su estado civil soltero, su lengua materna “dinka”, y que además hablaba inglés.

Se confesó cristiano católico y relató que un día, cuando estaban en la iglesia, los rebeldes atacaron el pueblo y a todos los que estaban en la iglesia, entre las víctimas se encontró su hermana que fue asesinada con arma blanca. Debido a la inseguridad en que vivían, toda su familia se fue vivir a Abou, donde estuvieron tres meses, pero también tuvieron que abandonarlo porque los rebeldes seguían atacando y masacrando la comunidad cristiana. Toda su familia se dispersó y él desconoce la suerte que hayan corrido. La otra cara de la moneda la constituyó la instructora de su informe previo en el que esgrimió que el solicitante no presentaba documento alguno que acreditase su nacionalidad,
“existiendo indicios más que suficientes para dudar de la veracidad de la que alega ostentar, pues además de desconocer el árabe, lengua oficial de Sudán, no conoce el más mínimo dato de la zona en la que dice haber nacido y vivido, pues dice haberlo hecho en Ouwa, capital de Juba cuando la realidad es que Juba no es un estado sudanés, sino la mayor ciudad del sur del país, capital del Estado Bahr al Jabal”. Además, “desconoce el nombre de los dos grupos implicados en la lucha que se libró en el sur de Sudán hasta enero de 2005”, reza el informe.

Historias similares dicen haber vivido Jon, Rosario, Custodia y Florentino pero lo cierto es que la base de datos del Ministerio del Interior no tiene margen de error o, por lo menos, así lo constata y lo confirma la Audiencia Nacional, que rubrica la denegación de asilo y refugio.
 

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