PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

 

deportes - MIÉRCOLES, 9 DE JUNIO DE 2010


aficionados en el murube. reduan.

fútbol / elecciones a la presidencia de la ad ceuta
 

El censo electoral lo forman finalmente 635 abonados

La Junta Gestora de la AD Ceuta, que se
equivocó ofreciendo inicialmente la cifra de 860 abonados con derecho a voto, tendrá tres días para tramitar las reclamaciones ya existentes
 

CEUTA
Alberto de la Vega

deportes
@elpueblodeceuta.com

La Junta Gestora de la AD Ceuta, formada por los ex directivos del equipo blanco, dio a conocer ayer el censo electoral provisional, iniciándose así el periodo electoral a la presidencia del club. Aunque en un primer momento se hizo pública la cifra de 860, finalmente serán tan sólo 635 los que, por el momento, tendrán derecho a votar y a presentarse en estos comicios, que finalizarán el viernes 18 de junio con la elección del nuevo presidente.

Una vez iniciado el proceso electoral y hecho público el censo de abonados con derecho a voto, la Junta Gestora contará con tres días, hasta el viernes 11, a las 20 horas, para tramitar las reclamaciones que pudiesen surgir. Reclamaciones ya existentes, ya que varios abonados ya se acercaron ayer hasta las oficionas del club al no ver sus nombres en las listas.

Unas listas que sólo son provisionales, ya que el censo electoral definitivo no se dará a conocer hasta el próximo miércoles a las 21 horas; una hora más tarde del límite para la presentación de las candidaturas, las cuales, deberán ir avaladas por el diez por ciento del censo electoral.

Una vez presentado el censo electoral, y como señala el artículo 28 del Reglamento Electoral, podrán ser objeto de reclamación o recurso los acuerdos y resoluciones de los órganos competentes, referentes a la inclusión o exclusión de electores y elegibles en el censo y los adoptados por la Junta Electoral en el transcurso de los comicios.

Estas reclamaciones y recursos deberán presentarse por escrito debidamente firmado, en el que se hará constar la identidad del reclamante o recurrente y, obligatoriamente, un número de fax o una dirección de correo electrónico, ello con objeto de proceder a la notificación del acuerdo o resolución. El escrito precisará el acuerdo o resolución impugnada, los fundamentos en que se base la impugnación y la pretensión que se deduce contra dicho acuerdo o recurso.

Las resoluciones dictadas por la Junta Electoral que hayan sido consecuencia de reclamaciones serán expuestas en las sedes de la AD Ceuta, la Federación Ceutí y el ICD.
 


NOTICIAS RELACIONADAS

Muñoz anima a los abonados a continuar con su fuerte apoyo

Varios abonados, “indignados” por la actuación del club

García de Vinuesa se ‘cae’ y Luque podrá presentarse con un abono federativo

 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto