Sesenta jornada de trabajo en beneficio de la comunidad y
dos años de alejamiento e incomunicación serán las penas a
las que deberá hacer frente un hombre contra el que ayer
dictó sentencia condenatoria la titular del Juzgado de lo
Penal número uno.
El acusado, que aceptó los hechos que le imputaba la
representante del Ministerio Fiscal en la ciudad, amenazó de
muerte a su pareja y profiriéndole varios insultos cuando,
el pasado 26 de abril, la pareja estaba discutiendo en su
domicilio familiar. De ahí que el juicio se celebrara bajo
la figura jurídica de la conformidad.
El delito de amenazas se encuentra recogido en el artículo
171 del Código Penal el cual pena al que, de modo leve,
amenace a quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o
haya estado ligada a él por una análoga relación de
afectividad aun sin convivencia.
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