El nuevo Reglamento de Honores Militares que aprobó, a
través de un Real Decreto, el Consejo de Ministros del
pasado jueves, incluye entre otras novedades la posibilidad
de que el presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta pueda
presidir actos militares “cuando así se determine”.
Entre las novedades se encuentran la mención expresa a
quienes, como consortes, tengan la dignidad de Princesa o
Príncipe de Asturias, así como un adecuado tratamiento a los
Presidentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta
y Melilla, “como representantes ordinarios del Estado en su
territorio”. El nuevo reglamento tiene como objetivo
conseguir una mayor adaptación a los tiempos actuales e
incluye los honores fúnebres a ex presidentes del Gobierno,
personalidades de especial relevancia y militares y civiles
caídos en acto de servicio.
El Decreto establece que cuando Vivas o quien le sustituya
en su cargo actual en el futuro, presida un acto militar en
representación del Rey, le serán rendidos “los honores
militares de arma presentada e himno nacional en versión
breve”. No se rendirán honores, salvo los fúnebres, y la
Bandera permanecerá izada a media asta ininterrumpidamente
día y noche cuando el Gobierno de la Ciudad Autónoma
establezca, como órgano competente, la declaración de una o
varias jornadas de luto.
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