El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de
Melilla ha desestimado la querella del número dos del
Gobierno autonómico, Miguel Marín, contra el PSOE local y
dos de sus dirigentes por un supuesto delito de injurias y
calumnias.
La secretaria de Organización del PSOE melillense, Ana
Mansilla, dió a conocer en la jornada de ayer el fallo
judicial, que considera que no hay forma de demostrar que
los comentarios aparecidos en la web de un medio de
comunicación sobre Marín fueran hechos por las personas
señaladas en la denuncia, así como que los mismos no son
constitutivos de delito.
La querella del número dos del Ejecutivo melillense fue
interpuesta después de que un informe policial especificara
que varios comentarios hechos en un foro de un periódico
digital contra Marín se habían realizado a través de las IP
de los ordenadores de dos dirigentes socialistas, así como
desde la propia sede del partido.
Los propietarios de dicha IP serían el secretario de
Sanidad, Julio Bassets, así como el de Medio Ambiente, Juan
José Alonso, que fueron imputados en este procedimiento.
“Miguel Marín se dio por aludido de los cientos de ‘Marines’
que hay en Melilla, y espera a la cita electoral para entrar
como un elefante en una cacharrería para intentar arañar
unos pocos votos”, ha señalado Mansilla, quien ha
manifestado que, a día de ayer, los comentarios siguen
estando en el foro del medio de comunicación.
La socialista también ha criticado que la defensa del
vicepresidente se haya costeado con dinero público, a pesar
de que los comentarios denunciados eran de índole personal.
Asimismo, ha criticado el daño “irreparable” que se ha
causado a los dirigentes socialistas que se han visto
involucrados en la denuncia.
Por su parte, en declaraciones a los periodistas, el
vicepresidente melillense ha anunciado que el fallo judicial
no es firme, por lo que tiene previsto recurrir a una
segunda instancia, en este caso la Audiencia Provincial de
Málaga en Melilla.
Marín ha mostrado su confianza en la Justicia y ha dicho que
en el fallo no se ha tenido en cuenta el informe policial
que revela la propiedad de las IP, así como no se ha tenido
en cuenta la relación familiar que existe entre las dos
personas imputadas en el procedimiento.
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