La última cita de las I Jornadas Jurídicas de Ceuta encendió
de nuevo la llama entre ponentes y asistentes ya que dos de
los conferenciantes, que versaron sobre la constitución de
la ‘kafala’ y las llamadas ‘madres de alquiler’ dejaron de
manifesto los desajustes actuales que se dan entre el
derecho español y el internacional, coincidiendo ambos en la
necesidad de una reforma legislativa para atender la
problemática social del S.XXI, no sólo en España sino a
nivel mundial.
Después de tres días intensos a la par de sugerentes, las I
Jornadas Jurídicas de Ceuta se despidieron hasta la próxima
edición con un nuevo debate entre los ponentes y el
auditorio, esta vez, como consecuencia de los desajustes
entre el derecho español y el internacional a la hora de
homologar figuras como la ‘kafala’ o las llamadas ‘madres de
alquiler’.
Andrés Rodríguez Benot, catedrático de Derecho Internacional
Privado en la Universidad Pablo de Olavide, y Carlos Lasarte
Álvarez, catedrático de Derecho Civil en la UNED, fueron los
protagonistas de crear opiniones que se retroalimentaron
entre todos los participantes, sin poder obviar que ambas
intervenciones contaron con un elevado número de oyentes.
El primero en tomar la palabra sobre el estrado fue
Rodríguez Benot, quien versó sobre la ‘kafala’ en el derecho
marroquí y que definió como una medida de protección del
menor particular de los países musulmanes que cumple una
función tanto civil como religiosa específica y que, con
frecuencia, es constituida sobre menores marroquíes por
personas españolas. La problemática: la homologación de la
figura al amparo del ordenamiento español.
“La kafala no atribuye la filiación como equivalente a la
adopción. Además, cuando el menor sometido a kafala es
traído a España no es adoptado, ya que Marruecos la tiene
prohibida. Pese a ello, en ocasiones los jueces españoles
convierten la kafala en adopción y es complejo por el factor
religioso, técnico-jurídico y humano”, advirtió el ponente.
Como clausura a su ponencia y respuesta a un cuestión
propuesta por el auditorio, el catedrático dejó patente que
la kafala sí se podía entender como “tutela o acogimiento
familiar”.
Para cerrar el debate en torno a la confrontación de
ordenamientos jurídicos entre países, el catedrático Carlos
Lasarte disertó sobre las madres de alquiler en los trabajos
de la Commision Internationale de l’État Civil de
Estrasburgo. Para introducir la conferencia, Lasarte hizo
referencia a las leyes que dieron luz verde a la
inseminación artificial, posteriormente la fecundación in
vitro y esgrimió que a través de ellas “se superó la
infertilidad” como problema que siempre había preocupado a
la sociedad”. Comparando los sistems jurídicos de otros
países, el ponente puso como ejemplo a aquellos
ordenamientos que permitían el alquiler de útero, como
Grecia y Reino Unido, frente a otros que los vetaban,
España, Suiza o Alemanis y aquellos que habían adoptado
medidas concretas con permisibilidad, tales como Bélgica y
los Países Bajos.
Tras este análisis, Lasarte expuso casos concretos de
relevancia actual donde matrimonios se desplazaban a estos
países que permitían el alquiler de útero pero, al regresar
a sus países de origen, la legislación no permitía la
filiación.
“Las prohibiciones se reglan por el Código Penal y entonces
se inicia el problema jurídico internacional. ¿A qué país se
le da la razón?. En materia de familia hacemos agua por
todos lados cuando deberíamos replantearnos que la
infertilidad es un problema eterno y omnipresente que se ha
dado en todas las sociedades desde el Génesis”, clausuró
Carlos Lasarte, dejando una reflexión sobre el auditorio.
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