El grupo de trabajo liderado por la Consejería de Medio
Ambiente ya tiene terminado el borrador de la actualización
de la ordenanza sobre ruidos, que será entregado en breve a
la oposición al objeto de lograr su aprobación por consenso.
El nuevo texto normativo endurece el régimen sancionador y
estable castigos no pecuniarios, como los servicios a la
comunidad y las medidas correctoras de la infracción. • El
grupo de trabajo que pilota la Consejería de Medio Ambiente
y que cuenta también con la participación de técnicos de
Sanidad, Fomento, la unidad de metrología de la Policía
Local y la asesoría de Ibermad ya tiene terminado el
borrador de la actualización de la Ordenanza sobre Ruido,
que establece un régimen sancionador más duro en el sentido
que aumenta las cuantías de las infracciones y establece
otras formas de punición no pecuniarias, como los servicios
a la comunidad o las medidas correctoras de la infracción.
La viceconsejera de Calidad Ambiental, Celinia de Miguel,
explicó que el borrador se entregará en breve a la oposición
para que pueda ser consensuado y seguir después el trámite
parlamentario, aunque no pudo aventurar cuándo se calcula
que se aprobará el nuevo texto normativo.
Como ha venido explicando este periódico, el documento que
ha de sustituir al que se encuentra vigente desde 1993
introduce la zonificación acústica de la ciudad, la
declaración de Zonas Acústicamente Saturadas, una referencia
al mapa sobre ruidos, y criterios de regulación para las
actividades económicas, de obras públicas, vehículos a motor
y comportamiento vecinal y ciudadano. También determina qué
entidad será la competente para desarrollar inspecciones,
con gran protagonismo de la Policía Local.
El borrador consta de diez títulos, cuatro capítulos, 84
artículos y cuatro disposiciones, frente a los cinco títulos
y los 39 artículos del texto actualmente vigente, que según
la propia viceconsejera “se ha quedado obsoleto”.
Además, el nuevo borrador consta de varios anexos: un
primero sobre definiciones; un segundo sobre zonificación
acústica de la ciudad; otro sobre procedimientos para
declarar Zonas Acústicamente Saturadas; otro sobre medición
de los índices del ruido producido por actividades
instalaciones, y vecinos; otro sobre la empresa mantenedora;
un séptimo sobre medidas y evaluación del ruido producido
por los vehículos a motor; y un último sobre medida y
evaluación de la vibración, lo que aporta una idea de su
anchura de miras de la nueva normativa.
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