Presidente de la Sala VI de la
Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, Fernando Tesón (Utera
1955) estableció su residencia profesional y particular en
la ciudad en 1983 tras el ascenso a magistrado después de
ejercer en Huelva y Sevilla. En Ceuta fue juez instructor,
ejerció como juez del tribunal tutelar de menores y entre
otras funciones, ejerció de decano de los jueces. Desde 1997
preside la sección VI de la Audiencia Provincial. Redactó el
Libro Blanco de la Justicia en España. Amen de menciones y
condecoraciones, ha impartido asignaturas de Derecho en la
UNED y participado en numerosas conferencias y jornadas.
Ahora dirige y coordina las Jornadas del CGPJ en la Ciudad
Autónoma.
• Pregunta.- El convenio entre la Ciudad Autónoma y el CGPJ
ha derivado en la que será la I Jornada Jurídica en los
primeros días de mayo. Pese a la premura, se trata de un
simposio de evidente calidad con participación de relevantes
personajes. Como director que es de estas jornadas, díganos
¿en qué las ha querido centrar en esta primera edición
oficial?
Respuesta.- El pasado día 17 de febrero, se firmó en Ceuta
un Convenio Marco de Colaboración entre el Consejo General
del Poder Judicial y la Ciudad Autónoma de Ceuta,
acordándose la programación de unas Jornadas Jurídicas a
celebrar anualmente en esta ciudad, con contenido abierto, y
destinadas no sólo a desarrollar la política de formación
del Consejo General del Poder Judicial en este territorio,
sino a la divulgación y tratamiento de los problemas que
puedan plantearse en el mundo jurídico tanto a nivel general
como en relación con Ceuta, abriéndolas a los distintos
operadores jurídicos, así como a los alumnos del Centro
Asociado de la Uned, además de otros colectivos puntualmente
interesados, para lo que se invitaría como ponentes a
juristas del más alto nivel.
Para el año 2010 se han organizado, con la especial
colaboración del Centro Asociado de la Uned y la
participación del Colegio de Abogados de Ceuta, estas
Primeras Jornadas Jurídicas, que se desarrollarán, durante
los días 3, 4 y 5 de mayo, y se tratarán temas de máxima
actualidad, en el ámbito general, como la nueva oficina
judicial, las reformas procesales, la violencia de género,
el derecho penal de menores, los medios de comunicación, las
garantías en el proceso penal y una institución como la
kafala marroquí que puede tener incidencia en nuestro
derecho interno.
P.- ¿Se trata de jornadas meramente profesionales o abiertas
a un mayor número de público?
R.- Efectivamente se trata de unas jornadas que están
enmarcadas dentro del programa de formación continua para
jueces y magistrados, pero con el dato positivo de que, como
digo, se abre a otros colectivos jurídicos, como abogados y
técnicos de la Administración, así como a los alumnos de
derecho de la Uned. Pero lo anterior no es óbice para que
estén abiertas a toda la ciudadanía.
P.- ¿Qué debe hacer quien esté interesado en asistir?
R.- Cualquier ciudadano puede asistir a las ponencias, pero
si alguien está interesado en obtener el diploma
acreditativo deberá inscribirse en el Centro Asociado de la
Uned, en donde se controlará su asistencia.
Caso Garzón
P.- No sé si decir que los jueces están de moda para bien o
para mal. La actualidad nos lleva a debatir con demasiadas
alegrías el papel que deben jugar. ¿Cómo lleva usted el que
se acuse a los jueces de proteger la barbarie franquista,
con ocasión de la imputación que ha recaído sobre Garzón por
querer escudriñar en aquellos tiempos?
R.- Creo que el Estado de Derecho tiene instrumentos
suficientes para dar soluciones satisfactorias a la cuestión
que plantea, que ha de resolverse, desde luego, por los
tribunales competentes, conforme a la legalidad vigente; los
medios de comunicación tienen la responsabilidad de
transmitir a los ciudadanos un sentimiento de tranquilidad y
confianza en la Justicia, evitando que se cree al respecto
una opinión pública distorsionada.
Pero una cosa es la problemática creada en torno a este
proceso, que, con todas sus connotaciones, puede generar
polémica y opiniones encontradas, y otra muy diferente que
un juez haya cometido un delito de prevaricación. Creo que
esta diferencia no se está explicando con claridad.
P.- Cuando existe tanta presión mediática y social contra el
Poder Judicial ¿no se desestabiliza peligrosamente el
sistema?
R.- Nadie puede dudar de que en el momento actual, los
medios de comunicación juegan un papel muy importante en los
juicios penales, que podemos considerar, por un lado,
imprescindible, porque el ejercicio del derecho a la
libertad de expresión y a la libre información está
contribuyendo a reforzar el principio de publicidad del
proceso, cuyo origen y razón de ser pasa por ser un
instrumento de garantía establecido a favor del acusado y
que en la actualidad adquiere mayor importancia por su
vinculación con el derecho a difundir información sobre la
actuación de la justicia y que puede servir como mecanismo
de control mucho más eficaz que el que pueda proporcionar la
publicidad en el reducido ámbito de las personas que asisten
a los juicios.
Sin embargo, por otro lado, el abuso de este derecho y su
utilización para fines distintos, pueden ser gravemente
perjudiciales, no sólo para el desarrollo del proceso sino
para los derechos de los que en el mismo participan.
Estamos, por tanto, ante un problema cuya difícil solución
pasa por admitir la coexistencia tanto de la utilidad de la
intervención de los medios en el proceso penal como su
eventual perjuicio, siendo precisa una regulación que
potencie aquélla y evite en la medida de lo posible los
riesgos de aparición de estos efectos nocivos. Se trata de
una cuestión que no ha sido resuelta completamente en
ninguno de los países de nuestro entorno.
P.- ¿Entiende que puede haber jueces que caminen por los
límites de las máximas facultades que se le otorgan para el
libre ejercicio de su profesión y las utilicen en función de
algún interés personal, como pudiera parecer en el llamado
caso Garzón?
R.- No considero procedente dar mi opinión sobre el caso
concreto por el que me pregunta, dado que se trata de un
asunto que está pendiente de resolución ante el Tribunal
Supremo y el Consejo General del Poder Judicial.
P.- Presiones mediáticas, políticas... ¿Es real la división
de poderes en España?
R.- En el seno de la carrera judicial existe una importante
corriente de opinión por la que se considera que en los
últimos años se ha producido un retroceso en la consecución
de un objetivo que debe ser un pilar fundamental en el
Estado de Derecho cual es la absoluta independencia del
poder judicial respecto del poder político. Aún cuando
comparto este discurso, estimo que estas distorsiones sólo
se producen en determinados niveles e instituciones, cuya
reforma legal pienso que es una de las asignaturas
pendientes de nuestra transición democrática, pero tampoco
podemos dramatizar la situación hasta el punto de transmitir
a la opinión pública un concepto erróneo de la Justicia. Me
refiero a que el trabajo serio, abnegado, independiente y
con una alta cualificación técnica que desarrollan en España
la mayoría de Jueces y Magistrados es digno de elogio y no
siempre es convenientemente valorado.
P.- ¿Por qué se empeñan en intentar mantener un equilibrio
entre jueces llamados conservadores y progresistas en el
Tribunal Constitucional. No hay una Constitución, no hay
leyes para aplicar. Por qué se politiza lo judicial?
R.- Sólo puedo decir que estoy absolutamente en contra de
cualquier intromisión de la política en el ejercicio de la
función jurisdiccional y si alguna vez se producen
disfunciones en este ámbito es preciso que se corrijan
convenientemente por quienes tienen la competencia para
ello.
P.- ¿La lentitud reconocida en los procesos judiciales,
no es una manera de ser -a veces- injustos?. ¿Qué hacer
ahora si el TC determina la inconstitucionalidad del
Estatuto Catalán que ya se está aplicando?
R.- La Justicia requiere su tiempo, pero no cabe duda de que
cuando se producen dilaciones injustificadas llega a
conculcarse la tutela judicial efectiva. En cuanto al
problema concreto que me plantea, y sin perjuicio de que yo
ni puedo ni debo opinar sobre si efectivamente se ha
producido ese tipo de dilaciones, se trata de una cuestión
reservada al legislativo, que es el que determina si es
posible o no aplicar una ley en tanto se tramita un recurso
de inconstitucionalidad contra la misma.
P.- La imagen de la Justicia en España no está en su
punto más álgido. ¿Qué hacer?
R.- Creo que entre todos tenemos que hacer un esfuerzo para
dar a conocer a la opinión pública una imagen real de la
justicia, que, estimo, no se corresponde en general con la
que los ciudadanos perciben a través de los medios de
comunicación. La prueba está en que la valoración que en
todas las encuestas han hecho los ciudadanos que en alguna
ocasión han tenido algún tipo de relación con los
tribunales, siempre es más alta que la del resto.
P.- Cómo se explica al ciudadano de a pie que se dicten
sentencias distintas, según se interpreten aspectos de la
Ley?
R.- A veces resulta extraordinariamente complicado. Se trata
de un tributo que ha de pagarse por la independencia del
poder judicial, que es una garantía y un derecho de los
ciudadanos. En nuestro sistema judicial, llamado
continental, en contraposición al anglosajón, el juez está
mucho más atado por la ley, sin embargo siempre habrán de
darse estas disfunciones ya que no podemos llegar al extremo
de un absoluto automatismo en la función jurisdiccional. Eso
no es obstáculo para que se establezcan mecanismos de
unificación de criterios y de doctrina, función que viene
atribuida fundamentalmente al Tribunal Supremo y que también
cumple el Tribunal Constitucional. Pero, desgraciadamente
todos los asuntos y materias no llegan a estas instancias.
No obstante, en Ceuta, en materia civil y penal, al existir
un único tribunal, como es la Sección Sexta de la Audiencia
Provincial de Cádiz, que a nivel local cumple esta función
unificadora, este tipo de situaciones deben darse en escasas
ocasiones.
Por otro lado, estimo que una de las labores más importantes
del poder legislativo, debería ser la de corregir las
oscuridades y ambigüedades de algunos textos legales, que
dan lugar a múltiples controversias, provocando la pérdida
inútil de miles de horas de trabajo y la inseguridad
jurídica de los ciudadanos, y que a veces se podría
solucionar con una simple reforma legislativa.
Estoy convencido de que una labor en este sentido desde el
Ministerio de Justicia y los órganos legislativos,
consistente en detectar estos problemas -algo bastante
fácil, ya que basta repasar las colecciones
jurisprudenciales digitalizadas- y darles solución mediante
reformas legales más técnicas que políticas, contribuiría
enormemente y con un costo mínimo, a la mejora de la
Administración de Justicia.
Escuchas telefónicas
P.- En la lucha contra el narcotráfico, se ha dejado en
libertad a personas vinculadas con estas redes, incluso con
las manos en la masa, por el uso de escuchas telefónicas no
ajustadas al control judicial. Pero en otras salas se han
validado actuaciones similares? ¿Cuál debe ser el criterio?
R.- La pregunta viene al hilo de lo manifestado
anteriormente. Se trata de una materia para la que desde
hace años se viene reclamando una regulación legal que dé
una cierta seguridad en la actuación no sólo de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado sino también de los
Fiscales y Tribunales. Sin embargo, el Tribunal Supremo y
las Audiencias Provinciales tienen desarrollado un amplio
cuerpo de doctrina en el que se establecen unos mínimos para
que se pueda autorizar esta intromisión legal en la
intimidad de las personas. En el caso de que los mismos no
se cumplan, se pueden dar resultados indeseables.
P.- Entendiendo los derechos y garantías, ¿puede quedar
un flagrante acto delictivo impune, porque las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad hayan basado el conocimiento de esos
hechos por escuchas, llamémosles irregulares?
R.- Efectivamente ello puede ocurrir, y para evitarlo debe
haber una intensa colaboración entre los distintos
operadores, cada uno, desde el lugar que le corresponde
conforme a las competencias que legalmente tenga atribuidas.
P.- En el ejercicio de la lucha contra las redes y
organizaciones delictivas ¿cómo debe ser la relación entre
jueces y policías?
R.- A falta de una verdadera policía judicial, y tal como he
señalado anteriormente, debe existir diálogo, un respeto y
conocimiento recíprocos de las funciones que a cada uno
corresponde, y actuar de acuerdo con lo que marca la ley y
la jurisprudencia.
Filtraciones
P.- En una escala de valores, qué lugar ocuparían las
filtraciones en los juzgados -no las goteras- ?
R.- Creo que debería ser abordado en España con prontitud el
problema de las filtraciones a los medios sobre todo en la
fase de instrucción, que, con una cierta flexibilización
operada por el propio CGPJ, siempre son secretas. Existe una
gran tolerancia al respecto ya que quienes a veces se
aprovechan de estas actividades que pueden llegar a ser
delictivas -revelación de secretos-, en otras ocasiones se
quejan cuando les perjudican.
De todas formas es una cuestión difícilmente controlable, y
que, desde luego no es imputable en exclusiva a los jueces
instructores, dado que en la instrucción intervienen muchos
operadores, y cuando el sumario no está expresamente
declarado secreto para las partes -lo que no impide que siga
siendo secreto para el público en general-, las
posibilidades de filtración son enormes y, como digo, de muy
difícil control.
Por otro lado ha de tenerse en cuenta que los periodistas
pueden acogerse al derecho de no revelar sus fuentes, por lo
que no se sabe quién o quienes han filtrado un sumario
secreto.
En definitiva, creo que son fundamentales la profesionalidad
y ética o deontología profesional de todos los que
intervenimos en este fenómeno, tanto del lado de los
tribunales como de los medios de comunicación. Y, desde
luego, una regulación más precisa que dé mayor seguridad
jurídica, clarificándonos el camino a seguir.
P.- ¿Por qué en Ceuta se hace tan complicado una natural
relación entre periodistas y jueces, o si lo prefiere,
juzgados? ¿no se evitaría así tanta filtración?
R.- En principio, no soy partidario de que los jueces o
presidentes de Sala constituyan el cauce normal de acceso de
los medios a la Administración de Justicia. La función del
juez, claramente regulada en la Constitución, junto con el
deber de secreto que el mismo tiene respecto de los hechos
de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su cargo, y
la imagen de imparcialidad que ha de tener para la opinión
pública, no lo hacen conveniente, sin perjuicio de que, al
no estar excluida su intervención, ni por ley ni por el
Protocolo de Comunicación de la Justicia aprobado por el
Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio
de 2004, se dieran supuestos concretos y estimo que
excepcionales, en los que fuera conveniente que el juez
saliera a la palestra, proporcionando determinada
información y, sobre todo, aclarando desde su objetividad e
imparcialidad lo que pueda aparecer distorsionado.
Estimo que la figura importante que parece estar relegada en
este tema es el Secretario Judicial. No se olvide que es la
autoridad responsable en relación con el acceso de los
ciudadanos al contenido de las actuaciones judiciales.
Riesgos laborales
P.- Sólo una opinión personal. ¿Si la Ley de Riesgos
Laborales es un ley, por qué cree que se permite la función
laboral en dependencias imposibles para el ejercicio
profesional en el sector Justicia, precisamente? ¿Es
congruente que jueces que deben aplicar sanciones a empresas
incumplidoras, y no puedan actuar de oficio contra quien
permite que el trabajo de sus juzgados se realice en
condiciones a veces deplorables?
R.- Afortunadamente, los jueces no tenemos el omnímodo poder
de actuar de oficio siempre y ante cualquier situación que
nos afecte y nos parezca transgresora de la legalidad. Para
ello existen las normas sobre competencia y los
procedimientos y cauces adecuados.
Es por ello que una situación de precariedad como la que
describe, y de la que los jueces somos unas víctimas más, a
veces sólo la podemos abordar reclamando de los responsables
una pronta solución.
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