El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha
dictado una nueva resolución en la que deroga las medidas
cautelares que había dictado en un auto anterior instando al
Ministerio de Educación a escolarizar a un alumno en el
centro que deseaban sus progenitores, el San Agustín, en
lugar de en el Lope de Vega, como había dictaminado la
Comisión de Escolarización, según informaron ayer fuentes
judiciales.
El texto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo aún
está pendiente de estudio por parte de la Dirección
Provincial, que con motivo de dictámenes anteriores de este
mismo Tribunal ya había advertido de los perjuicios que para
el estudiante en cuestión podría tener el verse obligado a
cambiar varias veces de centro educativo a lo largo del año
académico.
La doctrina del TSJA sobre este asunto ha venido oscilando
entre autos que apuestan por obligar a la Administración a
escolarizar a los niños donde demandan sus padres
entendiendo que sobre los criterios de escolarización
establecidos prima el derecho constitucional de los padres a
elegir el tipo de educación que quieren para sus vástagos,
línea en la que fuentes judiciales apuntaron ayer que puede
existir otro auto reciente, y resoluciones contrarias.
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