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OPINIÓN - DOMINGO, 11 DE ABRIL DE 2010

 
OPINIÓN / VENTANA ABIERTA

La Ley del aborto

Por Miguel Ángel de la Huerga (Orientador Familiar)


Con el rimbombante y eufemístico nombre de Ley de Salud Sexual y Reproductiva, el 24 de febrero, nuestro Senado aprobó definitivamente la reforma de la ley del aborto, por la que se introduce en España un sistema de plazos y consagra la libre disposición de la mujer sobre el feto. La Ley que entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el BOE, definitivamente presenta una serie de innovaciones respecto a la anterior de 1985 que trataremos de resumir a continuación:

De delito a derecho


El aborto pasa de ser un delito despenalizado en tres casos a convertirse en un derecho jurídicamente exigible y con financiación pública.

Libre disposición sobre el feto

Al reconocer el aborto como un derecho, se elimina la ponderación entre la libertad de la madre y la protección de la vida del feto exigida por el Tribunal Constitucional. La reforma ignora el principio reconocido expresamente por este alto tribunal cuando afirmó que la vida del nasciturus es un bien jurídico que goza de protección constitucional. El nasciturus pasa a no existir jurídicamente.

Aborto libre hasta las catorce semanas

Durante este periodo del embarazo, la mujer puede abortar sin dar explicaciones a nadie y sin necesidad de autorización alguna.

Hasta la semana 22


Entre la semana 14 y 22 de gestación, la mujer puede abortar en caso de grave riesgo para su vida y salud, con un dictamen emitido por dos médicos especialistas, del que se puede prescindir en caso de urgencia, o si el feto padece graves anomalías.

Después de la semana 22

También es legal el aborto hasta el final del embarazo en el caso de malformación incompatible con la vida del feto o este padece una enfermedad de extrema gravedad e incurable.

Menores de 16 y 17 años


La decisión de abortar corresponde exclusivamente a ellas, pero alguno de los representantes legales (padre, madre o tutor) ha de ser informado. Este requisito puede ser obviado sin más que la menor alegue que esto le puede acarrear un “grave conflicto”.

Objeción de conciencia.

Se limite a los profesionales directamente implicados en el aborto. Además la Ley establece que los objetores deberán ejercer su derecho de forma individual, por escrito y justificadamente. Las Facultades de Medicina y las Escuelas de Enfermería tienen obligación de enseñar a practicar abortos.

Educación sexual


A partir de los 11 años, los alumnos de primaria y secundaria recibirán clases de “salud sexual y reproductiva”.

Anticonceptivos gratis


La sanidad pública financiará total o parcialmente los anticonceptivos de última generación. Las personas de escasos recursos podrán obtenerlos a cargo de la sanidad pública.

Esta Ley la más radical e ideologizada de Europa, que no contempla ayuda alguna para las mujeres que se encuentran en tan difícil trance, ha sido aprobada sin consenso, contra los manifiestos de los organismos representantes de la sanidad, enseñanza y justicia, contra el deseo de la mayoría de los padres españoles, despreciando el sentir de la sociedad que se ha manifestado multitudinariamente y reiteradamente en la calle, y con el desprecio a millones de firmas ignoradas por el Parlamento, se sostiene solo por la obstinación de un Presidente de Gobierno dispuesto a convertirse en el icono del feminismo radical.
 

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