Tres años y cuatro meses de prisión y el abono de 31.321
euros, con tres días de responsabilidad personal subsidiaria
en caso de impago, fueron las penas dictadas por el
magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta para un
hombre que reconoció ser el autor criminal de un delito
contra la salud pública, recogido en los artículos 368 y 369
del Código Penal. Un juicio rápido celebrado bajo la figura
jurídica de la conformidad.
El escrito de acusación de la representante del Ministerio
Fiscal hizo alusión a los hechos acontecidos el pasado 27 de
febrero teniendo como escenario la zona de preembarque de
vehículos de la Estación Marítima.
Dicho día, los agentes de la Guardia Civil encargados de la
inspección de los turismos antes de introducirse en el
ferry, localizaron casi 25 kilos de droga en el coche
conducido por el acusado gracias a las señales del perro
policial. Tras desplazar el transporte al garaje,
descubrieron que la sustancia estupefacientes se encontraba
oculta en el interior de los faldones laterales del turismo,
estando distribuida en 48 bloques de resina de hachís. Droga
cuyo objetivo era cruzar el Estrecho para, posteriormente,
ser distribuida por la península.
Tal y como especifica el Código Penal, este tipo delictivo
pena a aquellos que ejecuten actos de cultivo, elaboración o
tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el
consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o
sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines.
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