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sucesos - MARTES, 6 DE ABRIL DE 2010


control de la policia local. archivo.

tribunales
 

Absuelto de un delito vial al
no ser informado por la DGT de la pérdida de puntos

El Ministerio Fiscal pedía una pena de 5.400 euros y 45 días de trabajo en beneficio de la comunidad para el imputado
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 ha dictado sentencia absolutoria para un hombre imputado por un delito contra la seguridad vial y por el que el Ministerio Fiscal solicitaba el pago de 5.400 euros y 45 días de trabajo en beneficio de la comunidad. La jueza ha entendido que el acusado desconocía tales hechos ya que la Dirección General de Tráfico (DGT) no le había notificado la pérdida de puntos.

Un hombre ha resultado absuelto de un delito contra la seguridad vial por el que el Ministerio Fiscal le pedía una pena de 5.400 euros más 45 días de trabajo en beneficio de la comunidad.

La magistrada del Juzgado de lo Penal número ha considerado como hechos probados que el 19 de febrero la Guardia Civil paró al acusado en un control de tráfico y que cuando los agentes comprobaron la documentación del imputado y la contrastaron con la central, se cercioraron de que su carné carecía de puntos y que constaba en la base de datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). A este respecto, el procesado manifestó durante el juicio, celebrado el pasado 5 de marzo, que sí andaba circulando con el vehículo pero que desconocía que ya no tuviese permiso legal para hacerlo puesto que lo le había llegado notificación alguna. Por este alegato, corroborado a través de las pruebas presentadas en el procedimiento, la magistrada resolvió la absolución ya que cuando se produce la pérdida de puntos en el carné, el sujeto debe ser informado a través de una notificación específica de la DGT. Además, el procesado estuvo explicando que en otras ocasiones los agentes policiales dedicados al tráfico lo habían parado en Cádiz y Ceuta pero ninguno le había manifestado que careciera de puntos en el carné.

Y es que por ley, cada expediente sancionador que dé lugar a la pérdida parcial de puntos, la Administración tiene obligación de comunicar expresamente la detracción de puntos. No obstante, si se pierden todos los puntos, la Jefatura provincial de Tráfico de la ciudad en cuestión debe incoar un procedimiento de pérdida de vigencia y la resolución declarando en este caso la pérdida del derecho para conducir.
 

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