El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General
de protección Civil, ha tenido en cuenta a Ceuta en el
desarrollo del Real Decreto de la nueva Ley de medidas
urgentes para paliar los efectos causados por circunstancias
naturales, como es el caso de lo ocurrido en la ciudad a
primeros de este mes donde un fuerte temporal de viento y
agua azotó Ceuta. El Gobierno local ha cifrado la cuantía de
los daños en unos 5’5 millones de euros, si bien, ha sido la
Delegación del Gobierno de Ceuta la que ha remitido el
informe realizado por el área de Protección Civil de la
propia Delegación.
La Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio de Interior ha incluido a Ceuta en el proyecto de
Real Decreto de desarrollo de la Ley 3/2010 por la que se
aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos
en la ciudad tras las últimas lluvias torrenciales.
El objetivo inmediato de esta Ley es reparar de forma
urgente los daños producidos en equipamientos,
infraestructuras y servicios básicos para los ciudadanos.
La valoración económica de los daños ha elevado la cifra
total a 5.536.000 euros, de los cuales 4 millones de euros
han sido por daños en distintas infraestructuras de la
ciudad, según los números cuantificados por el Gobierno de
la Ciudad Autónoma.
Asimismo, otros 1,3 millones de euros han sido por daños en
la red de abastecimiento y saneamiento como consecuencia del
aguacero acumulado en zonas de la periferia. Los restantes
200.000 euros son daños ocasionados en distintas viviendas
de la ciudad que se han visto anegadas y que provocó más de
veinte desalojos durante las fuertes precipitaciones.
La nueva Ley, prevista desarrollar a través de Real Decreto
el Ejecutivo central amplía el tipo de medidas contempladas
en el Real Decreto de 2005, que recogía sólo unas ayudas
ordinarias e inmediatas para paliar los daños de primera
emergencia.
Se establecen medidas de carácter laboral y fiscal, al
tiempo que se extienden a diversos sectores como el agrario
y el ganadero, así como a la reforestación y conservación
del medioambiente, y a las infraestructuras de titularidad
estatal y municipal.
Así, se incluye un régimen de ayuda a las Corporaciones
Locales por los gastos causados para hacer frente a estas
situaciones de emergencia, que se regirán por lo dispuesto
en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se
determinan las subvenciones en atención a determinadas
necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de
naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento
para su concesión.
Delegación del Gobierno
La Delegación del Gobierno en Ceuta, a través de su área de
Protección Civil, remitió la pasada semana un informe
completo en el que se recogían las valoraciones de años
ocasionados por las lluvias, así como las fechas en las que
éstas se produjeron.
Nueva Ley de medidas urgentes
Esta nueva Ley aprueba medidas urgentes para paliar los
daños producidos por los sucesos ocurridos en varias
Comunidades Autónomas, tales como las recientes lluvias y el
desbordamiento de ríos que han afectado a gran parte de
España, especialmente, a Andalucía.
Ayudas, subvenciones, beneficios y exenciones fiscales y
líneas de crédito preferencial
Se recogen una serie de medidas que incluyen ayudas por
daños personales, por daños materiales en enseres y las
destinadas a establecimientos industriales, mercantiles,
agrarios y de servicios. También, recoge ayudas
excepcionales en materia de vivienda para alquiler, si se
hubiera producido la destrucción total, así como para la
reparación, rehabilitación y reconstrucción de las mismas.
Por otra parte, se conceden subvenciones por daños en
infraestructuras municipales y red viaria de las
Diputaciones provinciales y Cabildos insulares. Además, se
otorgan beneficios fiscales mediante la exención de cuotas
del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto de
Actividades Económicas para particulares y empresas y
reducciones fiscales para actividades agrarias, y se ponen
en marcha medidas laborales y de exención de cuotas de la
Seguridad Social para industrias y trabajadores que hayan
tenido que cesar en su actividad.
El Real Decreto de desarrollo de la Ley 3/2010 está sólo
pendiente de su publicación en el BOE.
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