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OPINIÓN - DOMINGO, 7 DE MARZO DE 2010

 
OPINIÓN / CARTAS AL DIRECTOR

Mediación Familiar

Por Miguel Ángel de la Huerga (Orientador Familiar)


La necesidad social, lo reglamentado por otros países y las experiencias de buena parte del mundo, han demostrado que el recurso a la Mediación Familiar mejora la comunicación de los miembros de la familia, reduce conflictos, da lugar a acuerdos amistosos, asegura el mantenimiento de las relaciones personales padres-hijos, reduce los costes económicos y sociales para los ciudadanos y para las administraciones.

Por ello, el Consejo de Europa, en su Recomendación 1 (1998), insta a los Gobiernos de sus Estados miembros la adopción de medidas encaminadas a instituir la Mediación Familiar y a tomar cualquier medida para la promoción y utilización de la misma. Siguiendo esta Recomendación, nuestras Comunidades Autónomas han desarrollado o están desarrollando, leyes que la pongan en práctica.

Pero antes de nada digamos que es realmente la Mediación Familiar: Es un proceso, no judicial, por el cual un profesional cualificado, imparcial y sin poder decisorio asiste confidencialmente a las partes en conflicto para la búsqueda de una solución voluntaria, aceptable y duradera.

Es un campo de intervención interdisciplinar que faculta la desjudicialización de las relaciones privadas y cuya principal aportación es el protagonismo de la pareja en la gestión de su propio conflicto, que determina la trasparencia y confianza en un proceso que le va a conducir a un acuerdo autodeterminado cuyo cumplimiento se produce en el 92% de los casos. La gran novedad frente a otros procesos muy establecidos como la negociación, conciliación o arbitraje, es la cooperación de la pareja para acordar la forma de llevar a cabo sus inexcusables obligaciones coparentales después de la separación y para mejorar o restablecer sus deterioradas relaciones personales mediante la práctica de una comunicación que le permita resolver las distintas situaciones que se le puedan presentar en el futuro.

Son dos, por tanto, los objetivos fundamentales que persigue la Mediación Familiar: Conseguir un acuerdo en aquello que atañe a lo personal o patrimonial y proporcionar las habilidades necesarias para seguir gestionando sus comunes obligaciones pues no hay que olvidar que el divorcio entre padres e hijos no existe.

Durante todo el proceso de mediación, las parejas mantienen el control de los resultados parciales que se vayan produciendo, pues son ellos los auténticos protagonistas que van tomando libremente las decisiones, pudiendo suspender el proceso en cualquier momento que uno de los dos lo desee y seguir la vía judicial contenciosa siempre abierta. El mediador familiar controlará solo el proceso, y lo hará de forma imparcial, neutral y confidencial, por lo que, además de unas condiciones personales para esta función, deberá tener una formación específica interdisciplinar convenientemente acreditada. La Mediación Familiar frente a la vía contenciosa presenta multitud de ventajas. La fórmula judicial adversarial, además de engorrosa, alarga el proceso y por tanto los periodos de ansiedad; el control de los resultados que se sale enseguida del ámbito de los interesados, la dificultad de la aportación de pruebas, la insuficiencia de tribunales de familia donde se pueda garantizar la confidencialidad, son otros inconvenientes.

Por todo lo anterior y debido a que el número de separaciones y divorcios es creciente, parece justificado que las distintas Administraciones tiendan a favorecer la aplicación de esta vía consensuada de resolución de conflictos de pareja, por ser la de menor coste emocional, social y económico, y por tanto, la opción más inteligente.
 

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