La magistrada del Juzgado de lo Penal número uno condenó
ayer a un hombre a dos años de prisión y 90 euros de multa
por un delito de robo con violencia y una falta de lesiones.
El acusado robó el móvil y dinero a una mujer a la que
propinó un puñetazo en la cara; a pesar de las lesiones
sufridas, la víctima renunció a los 300 euros de
indemnización.
Dos años de prisión, por el delito de robo con violencia
recogido en los artículos 237 y 242 del Código Penal; y 90
euros de multa, por una falta de lesiones del artículo 617
de dicho cuerpo legal, fueron las penas dictadas por la
magistrada del Juzgado de lo Penal número uno para un hombre
que ayer se sentó en el banquillo de los acusados en un
juicio celebrado bajo la figura jurídica de la conformidad.
Los hechos se produjeron el 24 de febrero de este año en la
calle Pepe Remigio. Al parecer, el acusado le robó el móvil,
30 euros y 100 dirhams a la víctima, a la que además propinó
un puñetazo en la cara para ejecutar el hurto. Pese a que la
representante del Ministerio Fiscal en la ciudad solicitó
una indemnización de 300 euros y el dinero robado para la
denunciante, esta renunció a todo ello, queriéndose
desentender de toda la historia.
Según consta en las diligencias del procedimiento, en las
primeras declaraciones tomadas al procesado, este manifestó
haber mantenido relaciones sexuales esporádicas con la
denunciante, que en todo momento ella ha negado, incluso
advirtiendo no conocerlo de nada.
Según consta en el Código Penal, son reos del delito de robo
los que, con ánimo de lucro, se apoderasen de las cosas
muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al
lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación
en las personas.
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