El céntrico ‘Hotel Ulises’ acogió ayer un desayuno de
trabajo organizado por la Asociación de Mujeres Empresarias,
Profesionales y Gerentes de la ciudad durante el que
técnicos de la Seguridad Social las informaron sobre los
beneficios de las bajas por incapacidad laboral y
maternidad. Estas bajas comprenden casos excepcionales que
recientemente han sido ampliados por la Ley como son los de
maternidad tras el parto y riesgos de embarazo, lactancia
natural y adopción y acogimiento.
Son todas mujeres y empresarias, todas cargan con negocios a
sus espaldas que mueven los engranajes de la locomotora
económica ceutí y todas llevan también adelante familias y
vidas emprendedoras que muchas veces resultan difíciles de
conciliar.
Por eso, para facilitar un poco más esta conciliación, la
Asociación de Mujeres Empresarias, Profesionales y Gerentes
de la ciudad organizó ayer otra de sus habituales ponencias
para mantener a sus asociadas informadas de las últimas
novedades legislativas.
A las 8:30 horas el céntrico ‘Hotel Ulises’ acogió un
desayuno de trabajo que finalizó con una sesión informativa
a cargo de los técnicos de la Seguridad Social José Antonio
Saíz Castañeda y Juana María Picazo Cruces, que desplegaron
una exposición sobre algunas de las nuevas prestaciones que
protegen a las empresarias autónomas.
“A menudo las mujeres que tienen tantas obligaciones lo que
no poseen es el tiempo suficiente para profundizar en las
leyes que las benefician; realizamos estas reuniones para
poder suplir esta carencia”, señaló la presidenta de la
asociación organizadora, Minu Sunderdas.
Prestaciones especiales
Durante la reunión de trabajo, los ponentes realizaron un
recorrido sobre las prestaciones y los subsidios que ofrece
la Administración y concretamente la Tesorería de la
Seguridad Social con el objetivo de aclarar y mejorar su
comprensión. Las mencionadas prestaciones están encaminadas
a beneficiar a las empresarias autónomas en los casos
particulares en los que tengan que solicitar las bajas por
incapacidad temporal y por maternidad e incluyen otros
riesgos derivados.
Los puntos en los que especialmente se profundizó en la
ponencia fueron las prestaciones y los subsidios que se
otorgan en los casos de maternidad tras el parto, para el
que la Seguridad Social establece y cubre 42 días de
descanso obligatorio que se completan con un subsidio de 16
semanas, y en los particulares de riesgos de embarazo
-aplicables a los posibles daños que pueda sufrir la salud
de la embarazada o del feto-, de lactancia natural de
menores de nueve meses y de adopción y acogimiento. En los
últimos años la Ley ha sido ampliada para abarcar todos
estos casos. Las bajas solicitadas se encargan de cubrirlas
otros trabajadores que se encuentren desempleados mediante
contratos de interinidad.
“Estas mujeres empresarias están realizando una labor clave
para salir de la crisis”, señaló el técnico ponente de la
Seguridad Social, que añadió que “con su labor emprendedora
contribuyen a mejorar el tejido económico potenciando las
pequeñas y medianas empresas”.
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