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economía - DOMINGO, 21 DE FEBRERO DE 2010


comercio de ceuta. reduan.

empresas
 

La Ciudad agilizará la concesión de las licencias comerciales de apertura

El Pleno debatirá el jueves una propuesta
de Ordenanza reguladora que introduce la técnica de la ‘comunicación previa’ para actividades que no exigen permiso expreso
 

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Gobierno ceutí elevará al Pleno el próximo jueves una propuesta de Ordenanza Municipal reguladora de licencias de instalación y de apertura o funcionamiento de establecimientos y actividades que persigue “agilizar y flexibilizar los mecanismos de intervención administrativa” para la tramitación de dichas resoluciones.

Los establecimientos situados en puestos de mercado, los kioskos y los puestos, barracas, casetas y atracciones que se instalen en la vía pública durante la Feria quedarán exentas del deber de solicitar y obtener licencias de instalación y de apertura o funcionamiento cuando entre en vigor la Ordenanza Municipal reguladora que el Gobierno local llevará a Pleno la próxima semana con el objetivo de “agilizar y flexibilizar los mecanismos de intervención administrativa en la actividad económica”.

Esta es una de las principales novedades que introducirá el nuevo texto, que incorporará al régimen normativo local la técnica permitida en otros sectores de intervención administrativa denominada ‘comunicación previa’ y que pasa porque el interesado informa a la Administración con un plazo mínimo de 15 días antes de su intención de realizar una actividad económica “sin que fuere exigible una autorización o licencia expresa”. Esta fórmula sólo se podrá aplicar a ciertas actividades.

La Ordenanza, a cuyo borrador ha tenido acceso este periódico, regula la tramitación de la licencia de obras con la de instalación y apertura de establecimientos de tal forma que “cuando con arreglo al proyecto presentado se requiera la ejecución de determinadas obras no se concederá la primera sin el otorgamiento previo de la segunda”.

No obstante, el articulado deja la puerta abierta a que “previo informe favorable de los Servicios Técnicos” la Ciudad sí pueda autoridad “con anterioridad a la obtención de la licencia de instalación o funcionamiento la ejecución de las obras”, autorización sólo sometida que conste “el compromiso por parte del interesado de no solicitar indemnización a la Administración en caso de una posible denegación” de la licencia para ejercer la actividad económica proyectada en el establecimiento en cuestión.

Dos meses, plazo límite


El documento establece que el plazo para conceder la licencia de apertura o funcionamiento a un negocio, tanto de los incluidos en el listado de actividades inocuas como en el de calificadas, “será de dos meses a contar desde la presentación completa y correcta de la documentación en el Registro General de la Asamblea” y establece que si en ese periodo no se dictase resolución “se podrá entender concedida por silencio administrativo excepto en los casos señalados en cualquier otra norma [...] y siempre que se haya presentado toda la documentación necesaria de forma completa y correcta”.

La nueva Ordenanza también permitirá que “con carácter excepcional y a solicitud del interesado suficientemente motivada” la Administración pueda otorgar una licencia de apertura o funcionamiento “parcial” si los Servicios Técnicos Municipales informan favorablemente sobre el requerimiento.
 

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