Dieciséis médicos de los tres centros de salud de Ceuta ha
presentado demanda en el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo contra una resolución del Ingesa
que les obligó a prestar asistencia a pacientes adscritos a
otros facultativos como atención no demorable. Los
demandantes acusan a la Dirección de Atención Primaria de
utilizar la situación excepcional de la gripe pandémica para
aumentar las ratios y no cubrir las vacantes mientras no
superaran el 30% de la plantilla de médicos.
Nueva ofensiva en los tribunales contra la falta de
sustituciones de médicos y el incremento de las ratios de
pacientes en los centros de salud de la ciudad.
Tras un primer litigio iniciado por el portavoz de la
Asociación de Médicos de Atención Primaria y miembro del
Sindicato Médico, Antonio Ferreras, en el que el tribunal
alegó defectos de procedimiento para desestimar la demanda
interpuesta contra el Ingesa, los médicos de familia se han
pertrechado de nuevos argumentos jurídicos para invalidar la
resolución que les obliga a asistir a los pacientes de los
facultativos que se encuentran de baja, o ausentes por
cualquier otro motivo, como atención no demorable.
Los servicios jurídicos de la asociación explicaron que las
dieciséis nuevas demandas pretenden dejar sin efecto la
resolución del 8 de octubre de 2009 de la Dirección de
Atención Primaria en Ceuta, que introducía el concepto de
alta frecuentación.
Los demandantes creen que se ha utilizado la pandemia de
gripe A para obligarlos a atender más pacientes de los que
corresponde a su cupo: El Real Decreto 1746/2003 establece
que en situación de crisis, catástrofe o emergencia, los
médicos tienen la obligación de ponerse al servicio de la
Administración.
Ello permitió, según la parte demandante, aprovechar la
gripe pandémica para no contratar médicos sustitutos hasta
que no exista un treinta por ciento de la plazas de cada
centro de salud vacante.
Los facultativos acusan de la situación al director médico
de Atención Primaria, Diego Sánchez, que dictó la
resolución. “Lo primero que alegamos es que este señor no es
competente para tomar esa decisión, sino la mesa sectorial,
como establece el Estatuto Marco”, continuaron.
Sin embargo, el Ingesa parece entender que este supuesto es
sólo para cuando las modificaciones de los condiciones de
trabajo afectan a aspectos sustanciales. “Se nos cambiado
los turnos, aumentado los ratios... cómo pueden decir que no
están modificando elementos sustanciales de nuestras
condiciones de trabajo”, prosiguieron argumentando los
facultativos.
Los médicos de Primaria formaron no hace mucho una
plataforma para poder disponer de al menos ocho minutos en
la atención a cada paciente. La situación ha variado tanto y
los pacientes cambian tanto de médico de familia que, según
los demandantes, ha quedado sin efecto la libre elección de
facultativo. Las demandas han vuelto a ser interpuesta ante
lo Contencioso-Administrativo.
Según datos del Ingesa, facilitados a EL PUEBLO por UGT, los
centros de salud vienen atendiendo una media de 21.000
pacientes mensuales, aunque en noviembre se llegó a los
25.400.
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