Otros dos presuntos implicados en la ‘Operación Marina’, por
la que se intervino más de doscientas embarcaciones entre
1998 y 2001 supuestamente relacionadas con el narcotráfico,
se sentaron ayer en el banquillo de la Audiencia Provincial,
acusados de un delito de blanqueo de capitales. El
Ministerio Fiscal pidió para cada acusado seis años de
privación de libertad por hallarse en el censo de
propietarios de embarcaciones usadas para el tráfico de
drogas de Vigilancia Aduanera.
La Audiencia Provincial dejó ayer vistos para sentencia
sendos juicios contra dos presuntos implicados en la
Operación Marina, llevada a cabo entre 1998 y 2001, y en la
se intervino más de doscientas embarcaciones supuestamente
utilizadas para el tráfico de estupefacientes entre la
ciudad autónoma y la Península.
El Ministerio Fiscal acusó ayer a S. A. A. y S. M. E. de un
delito de blanqueo de capitales por el que pidió seis años
de cárcel, basándose en que las dos embarcaciones de la que
ambos eran propietarios formaban parte del censo elaborado
por Vigilancia Aduanera.
Según el funcionario que declaró ayer por videoconferencia,
el departamento realizó un censo de propietarios de
embarcaciones de las que suelen ser utilizadas para el
tráfico de hachís que fue acompañado de un estudio de sus
ingresos y gastos y su reflejo en la Agencia Tributaria, la
averiguación de si se habían adquirido motores con la
suficiente potencia para hacer la singladura con bastante
peso, y la verificación de si poseían antecedentes penales
por narcotráfico, entre los principales detalles, aunque
apuntó no recordar los casos concretos que se encausaban
ayer.
En su declaración ante el tribunal, S. A. A. explicó que
adquirió su embarcación por 2.400.000 pesetas para repararla
y venderla, para lo cual compró también un motor fuera borda
y un remolque, aunque carecía de permiso para conducirla y
ganaba apenas mil euros mensuales en una feria. Entre las
propiedades adquiridas por este acusado constaba también un
coche de la marca Audi.
El guardia civil que realizó el informe sobre la embarcación
apuntó que en los dos meses en que S. A. A. fue su
propietario no se había registrado navegación de la misma, y
que ni a esta ni al acusado le constaban antecedentes por
tráfico de estupefacientes.
La defensa de S. A. A. pidió la absolución para su clientes
y, subsidiariamente, el atenuante de dilación indebida en el
procedimiento para que la pena de privación de libertad no
superara, en todo caso, los dos años. Para pedir la
exculpación de su defendido se basó en que faltaba el
elemento de vinculación anterior con ningún tipo de delito y
que el propietario anterior de la embarcación, sin embargo,
sí resultó condenado por los mismos hechos.
Por su parte, S. M. E. se limitó a señalar que la semirígida
de la que era propietario había sido adquirida por su
hermano, que trabajaba en una obra, que este le cogió la
documentación identificativa y se la puso a su nombre.
El hermano, que también declaró en la vista oral de ayer,
manifestó que había adquirido la embarcación a nombre de S.
M. E. porque tenía problemas con su mujer, que la utilizaba
para pescar con el consentimiento del acusado y que poseía
la titulación requerida para patronear.
El mismo funcionario de Vigilancia Aduanera que declaró en
el procedimiento anterior indicó que estaba descartado que
una embarcación así fuera utilizada para pescar o cualquier
otra actividad de recreo por su gasto y potencia y que la
intervención coincidió en el tiempo con la llegada de
semirígidas con droga a las costas de Cádiz y Málaga.
También repitió como testigo el guardia civil que realizó el
informe, quien explicó que tanto el acusado como la
embarcación carecían de antecedentes o incidentes por
tráfico de estupefacientes, aunque no el hermano. Según el
mismo testigo, sobre el acusado sólo constaba dos abonos
para desprecintar la embarcación por una serie de sanciones
administrativas.
Sin gastos abultados
En sus conclusiones, la defensa subrayó que, en este caso,
no se cumplía del requisito de aumento inusual del
patrimonio, que la adquisición de la embarcación ni siquiera
superó las 700.000 de las antiguas pesetas y que esta era de
pequeño porte y, por tanto, no apta para las operaciones de
narcotráfico. De hecho, su interrogatorio al funcionario de
Vigilancia Aduanera se centró en la potencia de los motores
que se suelen utilizar para este tipo de operaciones.
Así las cosas, la defensa pidió igualmente para este acusado
la absolución del delito de blanqueo de capitales y,
subsidiariamente, la aplicación del atenuante de dilación
indebida para que la pena no superara los dos años.
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