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sucesos - MIÉRCOLES, 10 DE FEBRERO DE 2010


embarcación semirígida. archivo.

juzgado
 

Otros dos acusados en la Operación Marina afrontan penas de seis años

La Audiencia Provincial dejó ayer vistas para sentencia las causas para los propietarios de las embarcaciones presuntamente utilizadas para el narcotráfico
 

CEUTA
José García

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Otros dos presuntos implicados en la ‘Operación Marina’, por la que se intervino más de doscientas embarcaciones entre 1998 y 2001 supuestamente relacionadas con el narcotráfico, se sentaron ayer en el banquillo de la Audiencia Provincial, acusados de un delito de blanqueo de capitales. El Ministerio Fiscal pidió para cada acusado seis años de privación de libertad por hallarse en el censo de propietarios de embarcaciones usadas para el tráfico de drogas de Vigilancia Aduanera.

La Audiencia Provincial dejó ayer vistos para sentencia sendos juicios contra dos presuntos implicados en la Operación Marina, llevada a cabo entre 1998 y 2001, y en la se intervino más de doscientas embarcaciones supuestamente utilizadas para el tráfico de estupefacientes entre la ciudad autónoma y la Península.

El Ministerio Fiscal acusó ayer a S. A. A. y S. M. E. de un delito de blanqueo de capitales por el que pidió seis años de cárcel, basándose en que las dos embarcaciones de la que ambos eran propietarios formaban parte del censo elaborado por Vigilancia Aduanera.

Según el funcionario que declaró ayer por videoconferencia, el departamento realizó un censo de propietarios de embarcaciones de las que suelen ser utilizadas para el tráfico de hachís que fue acompañado de un estudio de sus ingresos y gastos y su reflejo en la Agencia Tributaria, la averiguación de si se habían adquirido motores con la suficiente potencia para hacer la singladura con bastante peso, y la verificación de si poseían antecedentes penales por narcotráfico, entre los principales detalles, aunque apuntó no recordar los casos concretos que se encausaban ayer.

En su declaración ante el tribunal, S. A. A. explicó que adquirió su embarcación por 2.400.000 pesetas para repararla y venderla, para lo cual compró también un motor fuera borda y un remolque, aunque carecía de permiso para conducirla y ganaba apenas mil euros mensuales en una feria. Entre las propiedades adquiridas por este acusado constaba también un coche de la marca Audi.

El guardia civil que realizó el informe sobre la embarcación apuntó que en los dos meses en que S. A. A. fue su propietario no se había registrado navegación de la misma, y que ni a esta ni al acusado le constaban antecedentes por tráfico de estupefacientes.

La defensa de S. A. A. pidió la absolución para su clientes y, subsidiariamente, el atenuante de dilación indebida en el procedimiento para que la pena de privación de libertad no superara, en todo caso, los dos años. Para pedir la exculpación de su defendido se basó en que faltaba el elemento de vinculación anterior con ningún tipo de delito y que el propietario anterior de la embarcación, sin embargo, sí resultó condenado por los mismos hechos.

Por su parte, S. M. E. se limitó a señalar que la semirígida de la que era propietario había sido adquirida por su hermano, que trabajaba en una obra, que este le cogió la documentación identificativa y se la puso a su nombre.

El hermano, que también declaró en la vista oral de ayer, manifestó que había adquirido la embarcación a nombre de S. M. E. porque tenía problemas con su mujer, que la utilizaba para pescar con el consentimiento del acusado y que poseía la titulación requerida para patronear.

El mismo funcionario de Vigilancia Aduanera que declaró en el procedimiento anterior indicó que estaba descartado que una embarcación así fuera utilizada para pescar o cualquier otra actividad de recreo por su gasto y potencia y que la intervención coincidió en el tiempo con la llegada de semirígidas con droga a las costas de Cádiz y Málaga.

También repitió como testigo el guardia civil que realizó el informe, quien explicó que tanto el acusado como la embarcación carecían de antecedentes o incidentes por tráfico de estupefacientes, aunque no el hermano. Según el mismo testigo, sobre el acusado sólo constaba dos abonos para desprecintar la embarcación por una serie de sanciones administrativas.

Sin gastos abultados

En sus conclusiones, la defensa subrayó que, en este caso, no se cumplía del requisito de aumento inusual del patrimonio, que la adquisición de la embarcación ni siquiera superó las 700.000 de las antiguas pesetas y que esta era de pequeño porte y, por tanto, no apta para las operaciones de narcotráfico. De hecho, su interrogatorio al funcionario de Vigilancia Aduanera se centró en la potencia de los motores que se suelen utilizar para este tipo de operaciones.

Así las cosas, la defensa pidió igualmente para este acusado la absolución del delito de blanqueo de capitales y, subsidiariamente, la aplicación del atenuante de dilación indebida para que la pena no superara los dos años.
 

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