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sucesos - VIERNES, 5 DE FEBRERO DE 2010


fernando teson. archivo.

tribunales
 

La Audiencia absuelve a uno de los imputados de la ‘Operación Marinas’

Los magistrados consideran que el motor, la
embarcación y el almacén intervenido no han sido adquiridos con dinero procedente de redes de narcotráfico u otro delito
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia absolutoria para uno de los imputados en la famosa ‘Operación Marinas’, una de las mayores redes de narcotráfico desarticulada hace unos años en la ciudad autónoma a la que se añadía el delito de blanqueo de capitales. Los magistrados han considerado que los bienes intervenidos del acusado no habían sido adquiridos con dinero procedente del narcotráfico o cualquier otro tipo de delito.

“Absolvemos del delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de estupefacientes por el que viene siendo acusado”. Este ha sido el fallo del tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta para uno de los imputados en la ‘Operación Marinas’, desarticulada hace unos años en al ciudad autónoma.

Los magistrados han considerado probado que entre los años 1997 y 2001, el acusado era titular de un almacén situado en la venida Ejército Español, valorado en 15.025 euros, y un motor marca Yamaha valorado en 14.814 euros, al que se incorporó una embarcación semirrígida marca Narwal, tal y como mostraron las investigaciones efectuadas por los funcionarios de Vigilancia Aduanera. Pero, “no ha resultado acreditado que tales adquisiciones procedían de operaciones de narcotráfico o de cualquier otro delito”, esgrime la sentencia.

Pese a las sospechas levantadas sobre los bienes intervenidos, “por su elevada cuantía y la experiencia nos indica que suelen utilizarse para pasar cantidades de hachís desde Marruecos hasta la península”, argumentan los magistrados, “el acusado ha acreditado haber ejercido una profesión en las fechas indicadas que la habría permitido justificar algunas adquisiciones”. Con respecto al inmueble, que el imputado, ya libre de cargos, tenía a su nombre desde los doce años, los jueces han concretado su posibilidad “ya que sus padres carecían de la nacionalidad española”.

Comparando el procedimiento con otras causas relacionadas con la ‘Operación Marinas’, el tribunal de la Audiencia concluye la sentencia argumentando que “no podemos relacionarlo con una organización destinada al blanqueo de capitales procedente del narcotráfico o de otro delito grave, por lo que no podemos deducir que exista vínculo o conexión del acusado con actividades de tráfico de estupefacientes y con personas o grupos relacionados con las mismas”.
 

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