La representante del Ministerio Fiscal ha solicitado la
declaración de catorce personas para el juicio del ‘caso de
los neonatos’, donde fallecieron dos bebés en el INGESA.
Según la fiscal, los dos imputados “quebrantaron las
diligencias mínimas exigibles a unos facultativos no
especializados en la intervención neonatal”.
”Los acusados quebrantaron las diligencias mínimas exigibles
a unos facultativos no especializados en la intervención
neonatal relativa a cuidados de dos recién nacidos vivos,
gemelos, y que resultaron muertos”. Así comienza el duro
escrito de acusación formulado por la representante del
Ministerio Fiscal, quien ha llamado a declarar a catorce
personas para el juicio del ‘caso de los neonatos’,
pendiente de fecha de señalamiento por el Juzgado de lo
Penal.
La fiscal ha propuesto como medios de prueba el
interrogatorio de los dos acusados, la intervención de ocho
personas en calidad de testigos y las declaraciones de dos
peritos y dos médicos forenses.
Según el Ministerio público, los hechos son constitutivos de
dos delitos de homicidio por imprudencia profesional grave,
previstos y penados en el artículo 142 del Código Penal. Por
ellos, solicita una pena de 4 años de prisión, la
inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión
médica por 6 años, la inhabilitación para el derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y las costas
procesales. En dicho escrito de acusación, al que ha tenido
acceso EL PUEBLO, la Fiscalía pide además 500.000 euros de
responsabilidad civil para los padres por las muertes y los
daños morales.
RELATO DE LOS HECHOS
El 29 de noviembre de 2006, sobre las tres de la madrugada,
la madre de los bebés ingresó en el hospital aquejada de un
dolor que, desde el Servicio de Urgencias y dado que su
dilatación para el parto era completa, fue remitida al
Servicio de Ginecología para efectuar una ecografía.
Sobre las 03.25 horas, se produjo el alumbramiento del
primer feto, mujer de 490 gramos de peso; y las 03.35 horas,
la expulsión del segundo, varón de 475 gramos. Ambos
nacieron vivos. En el Registro Sanitario del peso consta que
el varón nació con “550 gramos, y rectificado con el porta;
sin él, 490”, señala la fiscal.
El Registro Sanitario de la mujer consta con tachadura antes
del sexo un peso de 520 gramos y añadido fuera del recuadro,
“con el porta; sin el peso, 475 gramos”. Así pues, “se
constata error aritmético atribuyendo al porta (bandeja del
peso electrónico) en un caso un peso de 45 gramos y en el
otro, de 60. También el error en la determinación del sexo”,
esgrime el Ministerio público.
ACTUACIÓN MÉDICA
Según lo narrado por la fiscal, el primer acusado llamó al
segundo por teléfono, el cual suministró información errónea
de fetos de 24 semanas, concluyendo ambos de común acuerdo,
sin más comprobaciones, la inviabilidad, de la que se deriva
la limitación en la intervención con los recién nacidos, en
una modalidad extremó que acabó con una agonía mortuoria de
más de diez horas a la que no se aplicó ningún paliativo.
IMPUTACIÓN
Los acusados, actuando en calidad de reanimador neonatólogo
uno, y de pediatra otro, realizaron la valoración de
inviabilidad de los fetos con datos obtenidos antes del
alumbramiento. A este respecto, la fiscal argumenta que
“obviaron otros medidores habituales llevando a cabo los
cálculos a simple vista y ojo clínico”. En teoría, los
recién nacidos tenían retraso en el crecimiento intrauterino
y una edad gestacional superior a las 25 semanas, por tanto,
“lo aconsejable hubiera sido una conducta activa”, apostilla
la fiscal es su escrito.
RESULTADO DE MUERTE
La falta de control en la evolución impidió que, en su caso,
se estudiase la posibilidad o se adoptara alguna decisión
acerca de la incubadora, respiración o calor ventilatorio
dentro de una línea de intervención activa a fin de
recuperar la vitalidad. Además, la decisión inicial de los
acusados “no fue consensuada con los padres, quienes ni
fueron informados ni consintieron. La consecuencia directa
del error, tanto en la forma como en el resultado del
cálculo de la edad gestacional, de la falta de control, de
la no realización de pruebas y de seguimiento, fue la
muerte.
“Omitieron tomar otras medidas dentro de las precauciones
exigibles, como evacuar a los recién nacidos a otro centro o
reclamar la presencia de un especialista. Al cúmulo de
irregularidades hay que añadir el enterramiento sin
identificar y sin registrar e la Sección del Registro Civil
de criaturas abortivas”, concluye en su calificación, la
fiscal.
|