El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado
el recurso de suplicación interpuesto por CSI-F contra la
sentencia del Juzgado de lo Social de Ceuta que reconocía la
legalidad del artículo 54 del convenio de limpieza pública y
recogida de basuras, según informó el pasado jueves el
gabinete de comunicación de CCOO.
La sentencia declara que no se aprecia infracción normativa
en el texto del convenio, ya que no se prohíbe la
contratación a tiempo parcial sino que expresamente se
regula, tanto para el personal de diario como para los fines
de semana y festivos.
Además recoge que no constituye una actuación arbitraria o
discriminatoria el establecimiento de dos grupos
diferenciados de trabajadores. CCOO asegura que esta
sentencia constituye un nuevo revés a la tesis que que
supuso el principal argumento electoral de CSI-F en las
pasadas elecciones sindicales en URBASER, y desmonta, según
CCOO, la campaña demagógica emprendida por el sindicato.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el
Tribunal Supremo.
|