Presuntas negligencias médicas llevarán al INGESA a los
juzgados en 2010; por un lado, el ‘Caso de los Neonatos’,
pendiente de fecha de señalamiento para el juicio, y por
otro, el ‘Caso Rosello’, a expensas del informe forense para
determinar si hay responsabilidad penal.
El hospital del INGESA llegará en 2010 a los juzgados de la
ciudad autónoma por presuntas negligencias médicas en los
conocidos casos de los ‘Nenonatos’, donde supuestamente
dejaron morir a dos fetos, y ‘Rosello’, donde fallecieron
una madre primeriza y su bebé. El primer procedimiento está
pendiente de la fecha de señalamiento del juicio oral
mientras que el segundo está a expensas del informe del
forense “para ver la posible responsabilidad penal de alguno
de los médicos que los atendieron”, informó uno de los
letrados.
En el ‘Caso de los Neonatos’ los hechos se produjeron el 30
de diciembre de 2006 cuando la madre de los bebés acudió al
hospital del INGESA por un dolor abdominal; en urgencias se
comprobó la existencia de una dilatación completa y la
inminencia del parto, siendo la edad gestacional de los
fetos dudosa, entre las 24 y 27 semanas. Según explica el
escrito de la procuradora, el equipo médico de guardia
decidió no tomar medidas de reanimación ni de soporte de los
recién nacidos con anterioridad a su nacimiento, manteniendo
la misma actitud una vez nacidos, sin precisar reanimación
profunda cuando los neonatos mostraron signos evidentes de
vitalidad. A pesar de la extrema prematuridad, no se
encontraba presente en el paritorio un pediatra-neonatólogo
capaz de valorar la viabilidad de los recién nacidos y
proceder a su reanimación y estabilización, es decir,
mantenerlos con vida, expresa el informe.
Por todo ello, el letrado que representará la acusación
particular acusará a los imputados de varios delitos, entre
ellos, mala praxis, omisión de socorro e incluso falsedad
documental aunque el juez ya imputó a dos médicos por
presunto homicidio imprudente.
En el ‘Caso Rosello’, la denuncia que interpuso en noviembre
de 2008 el marido y padre de los fallecidos (mujer e hijo)
habla de una negligencia médica con un fallecimiento lo que
podría incurrir en un posible delito por imprudencia con
resultado de muerte, en este caso, de la madre y el bebé,
según explicó en su momento el portavoz de la familia. Con
todos los documentos sobre la mesa y a la espera de las
últimas pruebas solicitadas por la acusación particular, el
procedimiento judicial tendrá en cuenta dos vías legales:
por un lado, si fue una mala praxis médica o una negligencia
médica.
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Mala praxis versus negligencia médica
Según la terminología jurídica,
los conceptos mala praxis y negligencia médica conllevan
responsabilidad personal aunque en caso de delitos penales
podrían estar acompañados de penas privativas de libertad,
estableciéndose grados diferentes para cada uno de ellos.
La mala praxis está considerada como una conducta negligente
en el ejercicio profesional que da lugar a una
responsabilidad y la obligación a indemnizar el daño
causado. Mientras que la negligencia profesional, en este
caso podría ser médica, es la falta de cuidado en el
ejercicio de la profesión que tiene como consecuencia la
causación de un daño a un tercero, y con él, la obligación
de indemnizarlo.
Pero en este último término juega un papel fundamental la
figura de la imprudencia, que tiene su esencia en la
voluntad de una conducta peligrosa, referida a la creación
de un peligro jurídicamente desaprobado. Además, requiere
como elementos una acción inicial consciente y libre, un
resultado lesivo, típicamente delictivo, no querido ni
consentido por el sujeto; una relación causal entre la
acción y el resultado que permita la imputación objetiva de
éste a la situación de riesgo creada por aquella.
Por último, la infracción de una norma de cuidado que impone
dos deberes: el de advertir la gravedad del peligro que
suscita la propia conducta, y el de comportarse de acuerdo
con los requerimientos que la situación de riesgo plantea.
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