La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha resuelto
absolver a una mujer a la que el Ministerio Fiscal imputaba
un delito de daños del artículo 263 del Codigo Penal.
El abono de tres euros diarios
durante seis meses, en total 540 euros, eran las penas
solicitadas por la fiscal para la acusada, mientras que la
defensa pidió la absolución de su cliente esgrimiendo que
tanto esta como una testigo declararon que el día de los
hechos enjuiciados la acusada no se encontraba en la ciudad
autónoma. Argumento que la titular del Penal 1 ha
considerado para dictar una sentencia absolutoria
entendiendo que no ha quedado acreditada la participación de
la imputada en los hechos delictivos. Durante el juicio,
celebrado el pasado día 11 en la sala del Juzgado de lo
Penal número 1, se relataron los hechos acontecidos el 22 de
mayo de 2008 entre las cinco y las seis de la tarde cuando,
al parecer, el vehículo del denunciante apareció rayado con
un objeto punzante. Según narró la acusada durante la vista
oral, "ese día yo no estaba en Ceuta; me encontraba en
Marruecos con mi hija con la que estuve todo el día",
versión que la testigo, hija de la procesada, corroboró en
todo momento durante su intervención en el plenario.
Por su parte, el denunciante
aclaró que él y la acusada se estaban separando y que su
amigo, que venía de visita a Ceuta, había visto a esta en
actitud sospechosa cerca del coche. "No vi que tuviese nada
en la mano pero estaba cerca del vehículo", apuntó el
testigo hace dos semanas.
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