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OPINIÓN - DOMINGO, 13 DE DICIEMBRE DE 2009

 
OPINIÓN / COLABORACIÓN

Jornada AECRA sobre aspectos
jurídico prácticos en la seguridad

Por Juan M. Gómez Letrán


El próximo martes 15 a las 9,00, con la inauguración por el Excmo. Sr. Delgado de Gobierno D. José Fernández Chacón se abrirán, en el Salón del Palacio Autonómico, como quizás hayan tenido ya noticia, las Jornadas ofrecidas por la Asociación Europea de Profesionales para la Regulación de la Seguridad (AECRA) sobre Aspectos prácticos de la Seguridad Pública y Privada en Video vigilancia y Protección de datos, a las que desde estas paginas se invita a todo el público de Ceuta interesado en general y en particular a todo aquel cuyo trabajo o intereses tengan que ver y hacer uso de este arsenal de herramientas que la tecnología ofrece.

Cabe preguntarse sobre la necesidad de que el Derecho tenga que entrar a regular este particular mundo y sobre cuales son los derechos individuales que puedan encontrarse afectados por el uso que las modernas tecnologías ofrecen en la actualidad.

Parece quedar lejos aquel 18 de diciembre de 1965 en el que, el entonces nuevo profesor de Filosofía del Derecho en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Catania (Italia) Vittorio Frosini pronunciará la conferencia inaugural del curso, en la que se ocupó del tema de las relaciones entre Humanismo y tecnología de la ciencia jurídica. La conferencia fue acogida con no poco estupor y desconfianza por parte de los magistrados y juristas asistentes al acto. La idea de que el ordenador, a la altura de aquella convulsa década de los 60, pudiera convertirse en un colaborador de la justicia, causaba no poca inquietud en un entorno en el que los computadores parecían todavía evocar un mundo futuro de ciencia ficción.

Justo aquel año, la Facultad de matemáticas de la Universidad había instalado el primer ordenador electrónico y el joven conferenciante había podido observar su funcionamiento. Fruto de aquella experiencia el profesor reflexionaba “La mayor novedad cultural de las segunda mitad del siglo puede ser la cibernética o sea la creación de una nueva “filosofía de la maquina”. El mundo contemporáneo se caracteriza por una producción, una circulación y un consumo de información que por su cantidad, variedad y rapidez no encuentran parangón con la situación de épocas anteriores.”

Un año antes, durante los juegos olímpicos de Tokio, por primera vez se ofrecía una reprogramación diferida de la transmisión en directo gracias al video, una tecnología íntimamente ligada a la televisión, que había nacido como auxiliar de ésta para evitar que la programación fuera en directo, facilitando el trabajo de grabación, la planeación de horarios, el almacenaje de programas y la reproducción de los mismos. La innovación en el registro de imágenes visuales y auditivas en este formato, comenzaría entre 1965 y 1978 a desarrollarse como un medio con singularidad y aplicaciones propias, independiente de la producción televisiva.

Pocos podrían imaginarse que en apenas unas décadas la conjunción de todas estas tecnologías conocieran de un desarrollo semejante. La novedad no solo referida al desarrollo tecnológico sino también a la incidencia del mismo en el campo de los derechos fundamentales porque nuevos serán, a partir de entonces, los nuevos ejercicios que se pretenderán ante las vulnerabilidades que los inquietantes descubrimientos revelaban, sin desdeñar que en no pocas ocasiones, serian precisamente las propias nuevas tecnologías las que harían aparecer estos nuevos derechos.

Un punto coincidente de todos estos derechos es que han sido encarados por el Derecho comparado en forma progresiva a través de distintas generaciones de normas que, respondiendo a su perfil evolutivo, intentaron responder a la realidad tecnológica del momento. Resulta evidente pues, que toda esta revolución compromete entre otros, Derechos Fundamentales como el derecho al honor a la intimidad, a la privacidad y a la propia imagen, y también nuestro derecho fundamental a la protección de datos personales ó expresado de otra forma el derecho a “la libertad informática” como derecho de auto tutela de la propia identidad informática, o dicho de otro modo, el derecho de controlar (conocer, corregir, quitar o agregar) los datos personales registrados en un archivo por un programa electrónico y ya no sólo a oponerse a una publicidad no querida (como se visualizaba en el enfoque clásico del derecho a la intimidad).

Pero más allá del debate doctrinal, en la actualidad hay una combinación de técnicas, al alcance del público y de uso cada vez más cotidiano, que resulta interesante resumir: sobre las matrículas de los vehículos se puede realizar un reconocimiento de caracteres (OCR) de forma que la placa puede tratarse como texto plano. Los rostros, formas de andar y otras medidas fisionómicas una vez captados, se pueden analizar y realizar operaciones de comparación e identificación de personas. Sobre conversaciones de teléfono (audio) e imágenes de personas (vídeo) y a tiempo real, se pueden analizar patrones, detectando palabras clave o conductas extrañas. Una vez localizada la imagen o la voz de una persona, se puede hacer una búsqueda entre todos los fondos disponibles y verificar en qué otros sitios aparece la imagen de esa persona u objeto, aunque sea en otro ángulo e iluminación.

 La característica esencial de todos estos ejemplos es que el proceso es automático en su mayor parte y por tanto, extremadamente rápido. Hace diez años, para aplicar uno sólo de esos procesos de localización de un solo individuo era necesario disponer de decenas de personas y llevaba días en el mejor de los casos, sin demasiadas garantías de éxito. Fundamentalmente, la vigilancia era reactiva: si había ocurrido algo, las imágenes se estudiaban posteriormente. Ahora, la vigilancia se ha convertido en proactiva y mucho más eficiente.

Esta misma semana una empresa de software californiana anunciaba la inauguración de un sistema de telefonía móvil, en el que no hay necesidad de escribir datos sobre una imagen para realizar búsquedas, todo lo que hay que hacer es abrir la aplicación, sacar una fotografía, y esperar a los resultados. La página de resultados muestra las web del texto, imágenes similares, otros resultados, y sugerencias de búsqueda. Tomando una foto de una tarjeta de visita, se obtendrán enlaces para buscar a la persona vía correo electrónico o llamarla directamente, visitar la página web de su empresa, o agregarla directamente a la lista de contactos del teléfono. Los códigos de barras de los productos proporcionan un enlace, de modo que se puedan comparar rápidamente los precios ó proporcionar información acerca de los puntos de interés cercanos al usuario, sin tener que realizar una búsqueda posterior.

Todo este panorama orwelliano no tendría mayor problema en una sociedad democrática. Ahora bien, a nadie se le escapa la facilidad con que esto se puede pervertir y emplearse en contra de la ciudadanía. En el plazo de un decenio, un país puede contemplar cómo ciertas libertades desaparecen sin demasiados aspavientos y cómo es posible juzgar a alguien en un proceso secreto, sin abogados y sin que el reo conozca los cargos. No es, por tanto, una cuestión de privacidad o de intimidad, sino de algo más serio y que requiere de legislaciones acordes, pero, especialmente, de ciudadanos que conozcan y frenen a tiempo cualquier desviación de las más exquisitas normas que deben regular el uso de toda esta técnica por el Estado, empresas o particulares.

Ciertamente se argumenta que las libertades y los derechos fundamentales tienen límites y que la frontera de su ejercicio viene trazada en ocasiones por el respeto a otros derechos y libertades fundamentales o para salvaguardar bienes y valores constitucionalmente protegidos. Pero el debate sobre todas estas cuestiones no ha hecho más que comenzar y están en juego valores cuyo alcance aun no se han podido terminar de aquilatar.

Todas estas cuestiones serán analizadas a lo largo de esta mañana del martes por algunos de los componentes del equipo de juristas y profesionales del sector, que se agrupan en esta Asociación (invito al lector interesado a una visita a la web www.aecra.org ) en el que se pasaran revista y analizaran los aspectos mas comprometidos de todas estas materias.

La inscripción a la misma es gratuita y puede realizarse bien vía telemática en www.prensa@aecra.org ó en las mismas Jornadas.

* Abogado. Socio asesor de AECRA

 

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