El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 ha dictado
sentencia absolutoria para un hombre imputado por un delito
de atentado; sin embargo, el juez ha resuelto condenarlo por
una falta contra el orden público por la que deberá hacer
frente al pago de 60 euros de multa así como a una
indemnización a la Ciudad por los daños al vehículo
policial.
Pese a dictar sentencia absolutoria para un individuo que
venía imputado por un delito de atentado, el magistrado del
Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado al sujeto como
autor responsable de una falta contra el orden público por
la que deberá hacer frente al pago de 60 euros de multa y
una indemnización para la Ciudad por los daños ocasionados
en el foco trasero izquierdo de un vehículo oficial de la
Policía Local.
Los hechos que han determinado la resolución de la sentencia
se produjeron el 17 de noviembre en las inmediaciones de
Poblado Regulares cuando un taxista dio aviso a los agentes
debido a que unos jóvenes querían apredrearle el vehículo.
“En un callejón los vimos, y al verlos y bajarnos del coche,
empezaron a correr. Uno de ellos, que luego identificamos
como el hermano del acusado, nos dijo que tenía ganas de
liarla y nos insultó pero salió corriendo”, explicó uno de
los agentes en calidad de testigo durante el juicio que se
desarrolló el pasado martes.
Por su parte, el acusado manifestó que puso resistencia en
su detención debido a su estado de nerviosismo ya que había
padecido varios infartos de miocardio y le habían operado
del corazón teniendo sólo dos válvulas, por ello “quería
protegerme de un golpe o lo que fuera pero no les agredí ni
nada por el estilo, sólo hice aspavientes”, declaró el
supuesto imputado, con una versión que en la misma
sentencia, el titular del Penal 2 ha considerado probado.
Para dictar la absolución del individuo, el juez además
argumenta que “todos los agentes uqe han declarado en el
juicio reconocen que no fue el acusado sino su hermano quien
les insultó cuando circulaban en el vehículo policial”. En
cuanto a los daños del coche, dice la sentencia que “toda
persona criminalmente responsable de una falta lo es también
civilmente, si del hecho se derivan daños o perjuicios”.
Cabe recordar que la propia representante del Ministerio
Fiscal solicitaba tres años de prisión por el presunto
delito de atentado, saldado con la libre absolución del
imputado.
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