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OPINIÓN - SÁBADO, 28 DE NOVIEMBRE DE 2009

 
OPINIÓN / El 7º de Michigan

El juez instructor y el narcotráfico

Por Fidel Raso


La Sección 6º de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta emitió el pasado jueves, día 26, un Auto firmado por el presidente de la misma, Fernando Tesón Martín, y los magistrados Jesús C. Bastardes Rodiles-San Miguel y Emilio Martín Salinas, publicado en exclusiva por un medio escrito de Ceuta al día siguiente de dictarse y por el que dejan en libertad con cargos a ocho acusados de la ‘Operación Transpor¨ que estaban en prisión bajo la acusación del desembarco de 1.560 kilos de hachís en una playa de Estepona. Casualmante, el medio que lo publica en exclusiva señala que la Audiencia debate la dudosa legalidad de la escuchas que en su momento efectuaron los agentes de la Policía y que fueron autorizadas por el mismo Sistema Judicial.

La Policía Nacional de Ceuta creo que lleva del orden de 27 toneladas de droga intervenida en lo que va de año. Me consta que agentes de la Policía Nacional que intervinieron en la ‘Operación Transpor´ hicieron entonces un brillante trabajo policial con los pertinentes y detallados informes para que el Juez instructor basara su actuación legal como representante de la Justicia que emana del Pueblo español. La defensa de los acusados (ocho abogados, lo que supone uno por cada acusado puesto en libertad) ha conseguido que los que fueron acusados inicialmente por la brillante actuación de la Policía Nacional queden, de momento, a la espera de que la misma Audiencia de Cádiz en Ceuta (Sección 6ª) estudie si dicha puesta en libertad en masa está relacionada con la nulidad de las escuchas telefónicas de la Policía Nacional que, repito, fueron autorizadas en su día por el Poder Judicial.

A mediados de este mes también eran absueltas tres de las cuatro personas que se juzgaban por un delito de tráfico de drogas (la que fue condenada reconoció haber participado en los hechos) y también el Tribunal declaraba nulas las escuchas porque en opinión del juez lo que se autorizaba en su inicio no estaba bien fundamentado durante el desarrollo de la vista.

Nuestra Constitución es, afortunadamente, garantista en los derechos y libertades, pero es hora de recordar que los ciudadanos acusados de narcotráfico en cantidades considerables disponen de defensas legales de alto nivel, es decir, de abogados muy bien preparados para destrozar cualquier resquicio que una instrucción les permita. Esa es la grandeza de nuestro Estado de Derecho. Ahora bien, de la misma manera el Estado de Derecho no puede permitirse que nuestra policía deje el menor resquicio en sus informes al Juez Instructor, tampoco puede permitirse que el Juez Instructor deje el menor resquicio que permita el desamparo ante la Justicia del Pueblo Español.

La Sección 6º de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta emitió el pasado jueves, día 26, un Auto firmado por el presidente de la misma, Fernando Tesón Martín, y los magistrados Jesús C. Bastardes Rodiles-San Miguel y Emilio Martín Salinas, publicado en exclusiva por un medio escrito de Ceuta al día siguiente de dictarse y por el que dejan en libertad con cargos a ocho acusados de la ‘Operación Transpor¨ que estaban en prisión bajo la acusación del desembarco de 1.560 kilos de hachís en una playa de Estepona. Casualmante, el medio que lo publica en exclusiva señala que la Audiencia debate la dudosa legalidad de la escuchas que en su momento efectuaron los agentes de la Policía y que fueron autorizadas por el mismo Sistema Judicial.

La Policía Nacional de Ceuta creo que lleva del orden de 27 toneladas de droga intervenida en lo que va de año. Me consta que agentes de la Policía Nacional que intervinieron en la ‘Operación Transpor´ hicieron entonces un brillante trabajo policial con los pertinentes y detallados informes para que el Juez instructor basara su actuación legal como representante de la Justicia que emana del Pueblo español. La defensa de los acusados (ocho abogados, lo que supone uno por cada acusado puesto en libertad) ha conseguido que los que fueron acusados inicialmente por la brillante actuación de la Policía Nacional queden, de momento, a la espera de que la misma Audiencia de Cádiz en Ceuta (Sección 6ª) estudie si dicha puesta en libertad en masa está relacionada con la nulidad de las escuchas telefónicas de la Policía Nacional que, repito, fueron autorizadas en su día por el Poder Judicial.

A mediados de este mes también eran absueltas tres de las cuatro personas que se juzgaban por un delito de tráfico de drogas (la que fue condenada reconoció haber participado en los hechos) y también el Tribunal declaraba nulas las escuchas porque en opinión del juez lo que se autorizaba en su inicio no estaba bien fundamentado durante el desarrollo de la vista.

Nuestra Constitución es, afortunadamente, garantista en los derechos y libertades, pero es hora de recordar que los ciudadanos acusados de narcotráfico en cantidades considerables disponen de defensas legales de alto nivel, es decir, de abogados muy bien preparados para destrozar cualquier resquicio que una instrucción les permita. Esa es la grandeza de nuestro Estado de Derecho. Ahora bien, de la misma manera el Estado de Derecho no puede permitirse que nuestra policía deje el menor resquicio en sus informes al Juez Instructor, tampoco puede permitirse que el Juez Instructor deje el menor resquicio que permita el desamparo ante la Justicia del Pueblo Español.
 

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