La Sección 6º de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta
emitió el pasado jueves, día 26, un Auto firmado por el
presidente de la misma, Fernando Tesón Martín, y los
magistrados Jesús C. Bastardes Rodiles-San Miguel y Emilio
Martín Salinas, publicado en exclusiva por un medio escrito
de Ceuta al día siguiente de dictarse y por el que dejan en
libertad con cargos a ocho acusados de la ‘Operación
Transpor¨ que estaban en prisión bajo la acusación del
desembarco de 1.560 kilos de hachís en una playa de Estepona.
Casualmante, el medio que lo publica en exclusiva señala que
la Audiencia debate la dudosa legalidad de la escuchas que
en su momento efectuaron los agentes de la Policía y que
fueron autorizadas por el mismo Sistema Judicial.
La Policía Nacional de Ceuta creo que lleva del orden de 27
toneladas de droga intervenida en lo que va de año. Me
consta que agentes de la Policía Nacional que intervinieron
en la ‘Operación Transpor´ hicieron entonces un brillante
trabajo policial con los pertinentes y detallados informes
para que el Juez instructor basara su actuación legal como
representante de la Justicia que emana del Pueblo español.
La defensa de los acusados (ocho abogados, lo que supone uno
por cada acusado puesto en libertad) ha conseguido que los
que fueron acusados inicialmente por la brillante actuación
de la Policía Nacional queden, de momento, a la espera de
que la misma Audiencia de Cádiz en Ceuta (Sección 6ª)
estudie si dicha puesta en libertad en masa está relacionada
con la nulidad de las escuchas telefónicas de la Policía
Nacional que, repito, fueron autorizadas en su día por el
Poder Judicial.
A mediados de este mes también eran absueltas tres de las
cuatro personas que se juzgaban por un delito de tráfico de
drogas (la que fue condenada reconoció haber participado en
los hechos) y también el Tribunal declaraba nulas las
escuchas porque en opinión del juez lo que se autorizaba en
su inicio no estaba bien fundamentado durante el desarrollo
de la vista.
Nuestra Constitución es, afortunadamente, garantista en los
derechos y libertades, pero es hora de recordar que los
ciudadanos acusados de narcotráfico en cantidades
considerables disponen de defensas legales de alto nivel, es
decir, de abogados muy bien preparados para destrozar
cualquier resquicio que una instrucción les permita. Esa es
la grandeza de nuestro Estado de Derecho. Ahora bien, de la
misma manera el Estado de Derecho no puede permitirse que
nuestra policía deje el menor resquicio en sus informes al
Juez Instructor, tampoco puede permitirse que el Juez
Instructor deje el menor resquicio que permita el desamparo
ante la Justicia del Pueblo Español.
La Sección 6º de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta
emitió el pasado jueves, día 26, un Auto firmado por el
presidente de la misma, Fernando Tesón Martín, y los
magistrados Jesús C. Bastardes Rodiles-San Miguel y Emilio
Martín Salinas, publicado en exclusiva por un medio escrito
de Ceuta al día siguiente de dictarse y por el que dejan en
libertad con cargos a ocho acusados de la ‘Operación
Transpor¨ que estaban en prisión bajo la acusación del
desembarco de 1.560 kilos de hachís en una playa de Estepona.
Casualmante, el medio que lo publica en exclusiva señala que
la Audiencia debate la dudosa legalidad de la escuchas que
en su momento efectuaron los agentes de la Policía y que
fueron autorizadas por el mismo Sistema Judicial.
La Policía Nacional de Ceuta creo que lleva del orden de 27
toneladas de droga intervenida en lo que va de año. Me
consta que agentes de la Policía Nacional que intervinieron
en la ‘Operación Transpor´ hicieron entonces un brillante
trabajo policial con los pertinentes y detallados informes
para que el Juez instructor basara su actuación legal como
representante de la Justicia que emana del Pueblo español.
La defensa de los acusados (ocho abogados, lo que supone uno
por cada acusado puesto en libertad) ha conseguido que los
que fueron acusados inicialmente por la brillante actuación
de la Policía Nacional queden, de momento, a la espera de
que la misma Audiencia de Cádiz en Ceuta (Sección 6ª)
estudie si dicha puesta en libertad en masa está relacionada
con la nulidad de las escuchas telefónicas de la Policía
Nacional que, repito, fueron autorizadas en su día por el
Poder Judicial.
A mediados de este mes también eran absueltas tres de las
cuatro personas que se juzgaban por un delito de tráfico de
drogas (la que fue condenada reconoció haber participado en
los hechos) y también el Tribunal declaraba nulas las
escuchas porque en opinión del juez lo que se autorizaba en
su inicio no estaba bien fundamentado durante el desarrollo
de la vista.
Nuestra Constitución es, afortunadamente, garantista en los
derechos y libertades, pero es hora de recordar que los
ciudadanos acusados de narcotráfico en cantidades
considerables disponen de defensas legales de alto nivel, es
decir, de abogados muy bien preparados para destrozar
cualquier resquicio que una instrucción les permita. Esa es
la grandeza de nuestro Estado de Derecho. Ahora bien, de la
misma manera el Estado de Derecho no puede permitirse que
nuestra policía deje el menor resquicio en sus informes al
Juez Instructor, tampoco puede permitirse que el Juez
Instructor deje el menor resquicio que permita el desamparo
ante la Justicia del Pueblo Español.
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