La Audiencia provincial ha suspendido de forma cautelar la
ejecución de la sentencia, de un año de prisión dictada por
el Tribunal Supremo contra dos policías locales por un
delito de torturas, ante la posibilidad de que, según espera
su abogado, el Gobierno les conceda el indulto a la
inhabilitación absoluta de ocho años.
La Audiencia Provincial ha procedido a la suspensión
cautelar de la ejecución de la sentencia dictada por el
Tribunal Supremo contra dos agentes de la Policía Local de
Ceuta a los que condenó a un año de prisión y ocho de
inhabilitación absoluta por un delito de torturas. La nueva
defensa de los policías, un bufete de abogados de Madrid,
señaló a El Pueblo que la Audiencia ha admitido esta
solicitud “en base a que es muy probable que se conceda el
indulto de las penas de inhabilitación y a que por tanto, de
ejecutarse la sentencia (al conllevar la pérdida de su
trabajo como policías), se les causaría un perjuicio
irreparable”. De ahí que “después de unas largas
deliberaciones, la Sala ha decidido suspender la ejecución
de la sentencia, que queda pendiente del indulto”, señaló el
letrado. La petición de indulto se dirige al Gobierno a
través del Ministerio de Justicia y según la defensa de los
policías, su resolución suele tardar “un año o año y medio”.
Otros recursos
Entre tanto, el letrado que ha asumido la representación de
los agentes va a solicitar también la anulación de la
sentencia del Supremo mediante la presentación ante el Alto
Tribunal de un “incidente de nulidad de actuaciones” porque
al analizar el procedimiento, ha observado, afirma, que la
sentencia se ha dictado “sin oír a los policías locales”, lo
que considera es “una infracción legal y constitucional
gravísima”. El letrado opina también que “en el plazo de un
mes o mes y medio se declarará nula la sentencia con lo cual
se tendrán que retirar las peticiones de indulto, etcétera”.
No obstante lo anterior y ad cautélam, para que no se les
pase el plazo, según especificó el abogado, se va a recurrir
de amparo ante el Tribunal Constitucional.
El abogado de los policías locales aseguró que en su bufete
se han sacado adelante casos similares, aunque no concretó
ni especificó ninguno de ellos.
Los policías condenados por el Supremo han recibido
públicamente el apoyo tanto del presidente de la Ciudad,
Juan Jesús Vivas, como del secretario general de los
socialistas ceutíes, José Antonio Carracao.
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La Audiencia provincial condenó por lesiones y el Supremo
por un delito de torturas
Los hechos objeto de la sentencia
del TS, dictada el pasado 30 de septiembre por un delito de
torturas, sucedieron en 2003 y en el fallo se mantienen los
hechos probados en primera instancia en la causa, tramitada
por el Juzgado de Instrucción número 1 de Ceuta y fallada
después por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial. El
Procedimiento fue incoado en 2007 y el 4 de marzo de 2008 la
Audiencia condenó a los agentes por lesiones. En la
sentencia del Supremo se establece que los policías
torturaron a la víctima sin que su actuación “deteniendo a
una persona sin motivo especificado y golpeándola hasta
causarle 15 menoscabos físicos tenga apoyatura legal alguna,
pues no se trata de un exceso en el ejercicio de la función
pública que le corresponde ni del empleo de una violencia
innecesaria para el cumplimiento de tal función, sino de la
utilización de su cargo para golpear, humillar y detener a
una persona por razones ajenas a su función y puramente
vindicativas (por venganza)”.
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