El sindicato UGT reclamó ayer a través de una nota de prensa
que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
extienda a todos los pensionistas por incapacidad permanente
o gran invalidez el espíritu de una sentencia del Tribunal
Supremo que, relativa a Cataluña, entiende que debe
hacérseles compatible el cobro de las ayudas que les
corresponden como tales con la posibilidad de seguir
trabajando. La central avisó de que si no se le hace caso
irá a los Tribunales.
El Tribunal Supremo dictó en enero del año pasado, a través
del Pleno de su Sala de lo Social, una “importante”
sentencia, a juicio de UGT, en la que reprochaba al
Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) su actuación
en caso de personas afectadas por graves incapacidades que
accedían a una actividad remunerada. Tanto el INSS como el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no adoptaron la
doctrina contenida en la misma, por lo que recientemente el
Tribunal Supremo ha vuelto a ratificarla mediante una
sentencia que unifica la doctrina y que por ello “es
vinculante para los Tribunales inferiores”, según la
interpretación que de la misma hizo ayer el sindicato a
través de un comunicado de prensa.
Ante esta situación, UGT reclamó ayer “el compromiso y la
actuación de oficio” de la Seguridad Social para que se
cumpla la sentencia del Tribunal Supremo y que de esta forma
“todos los pensionistas que tienen suspendida su pensión de
incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por
hallarse realizando alguna actividad, es decir, todos los
afectados que están en la misma situación que la reclamante
de Barcelona objeto de la sentencia antes citada”.
La central considera que estas personas “están afectadas en
su capacidad de obtener rentas” y que “con un excepcional
esfuerzo físico y mental y entornos favorables consiguen
acceder al mercado laboral, por lo que resulta
imprescindible garantizar su seguridad jurídica y la
efectividad de los derechos que le corresponden”. Por todo
ello UGT avisó de que elevará esta propuesta a los órganos
de participación de la Seguridad Social y de que, en caso de
no ser atendida, ratificará su posición “ante otros órganos
de control administrativos y judiciales”. Para el sindicato
la Ley es clara, aunque la sentencia no cuestione todos los
mecanismos de control y revisión con los que cuenta la
Seguridad Social para modificar la calificación de las
pensiones si hay mejoras o agravamientos en las condiciones
físicas o psicológicas que puedan afectar a la capacidad de
trabajo.
|