La titular del Juzgado de lo Penal número 1 dictó ayer
sentencia condenatoria para dos hombres que reconocieron ser
los autores de un delito de robo con intimidación, en el
primer caso, y una falta de lesiones, en el segundo.
Los hechos contenidos en el escrito de acusación de la
representante del Ministerio Fiscal en la ciudad hacen
referencia al 25 de mayo de 2008 en el polígono Virgen de
África, concretamente, en las inmediaciones del Siete
Colinas.
Al parecer, uno de los acusados robó con intimidación el
móvil al segundo de los imputados exhibiendo un objeto cuyas
características no pudieron ser determinadas y refiriéndole
palabras del tipo “si te pones tonto te mato”. En respuesta
a ello, y casi cinco horas después del robo, este segundo
acusado localizó al primero y le golpeó, produciéndole una
serie de lesiones.
Por tales acontecimientos, la magistrada del Penal 1 condenó
al autor del robo con intimidación, recogido en los
artículos 237 y 242 del Código Penal, a un año de prisión
que finalmente fue sustituido por la condición de no volver
a delinquir en el periodo de dos años aunque durante este
tiempo no ostentará el derecho de sufragio pasivo.
Para el segundo procesado, responsable de la falta de
lesiones, la jueza decretó el pago de 90 euros de multa en
30 días, a razón de 3 euros diarios. Y en la caso de cada
dos cuotas no satisfechas, el imputado cumplirá un día de
privación de libertad.
Ambos acusados renunciaron a sus respectivas indemnizaciones
y el abono de las costas procesales correrá a cargo de los
dos.
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