Aún con las últimas actualizaciones aplicadas por la
Consejería de Hacienda en el entramado fiscal local, que no
se repetirán en lo que queda de legislatura, la presión
fiscal con la que la Ciudad carga a los ceutíes se encuentra
entre las más bajas de las 52 capitales de provincia
españolas, según el análisis de la Agencia Tributaria del
Ayuntamiento de Madrid. Aún suprimida la rebaja legal del
50% Ceuta sería la número 39 en coste del IBI; la 47 si se
analiza el IAE; la doceava en el Impuesto sobre Vehículos de
Tracción Mecánica; la 39 por Construcciones y Obras y la 31
en concepto de Incremento de Valor de Terrenos.
La presión fiscal en la ciudad autónoma de Ceuta es, aún con
las recientes actualizaciones aplicadas sobre la normativa
local por la Consejería de Hacienda, una de las más bajas de
las 52 capitales de provincia del Estado según revela el
Ranking Tributario de los Municipios Españoles que elabora
la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid que nos
sitúa en el puesto 50 en lo que se refiere al esfuerzo
fiscal absoluto sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI),
que es el principal que afecta a los ciudadanos.
Aun ponderando los resultados, que computan una bonificación
del 50% para las dos ciudades autónomas según lo previsto en
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
(TRLRHL en adelante), la ciudad se situaría en el puesto
número 39 en lo que a exigencia tributaria se refiere.
Ceuta se encuentra tamién entre los principales municipios
que gravan con menor crudeza el Impuesto de Actividades
Económicas (IAE). En este apartado la ciudad se sitúa en el
puesto número 47 de los 52 analizados, sólo por delante de
León, Salamanca, Jaén, Ávila y Cuenca. Partiendo como en el
resto de capitales de una tarifa mínima de 601 euros, el
Ayuntamiento de Madrid aplica los coeficientes del conjunto
de categorías de calles establecidas. Los ceutíes (entre
1,20 y 0,50, media de 0,86) rebajan la media total en 84
euros en realidad y en 42 si no se registrase bonificación
alguna.
En términos absolutos, contabilizando la rebaja que
establece el TRLRHL, Ceuta es, con 32,72 euros, según la
cuota de los turismos que tienen una potencia entre 8 y
11,99 caballos fiscales, la segunda capital analizada (por
delante de Melilla, 17,04 euros), en donde menos cuesta
satisfacer el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
En términos relativos (65,44 euros, descontada la
bonificación) Ceuta estaría ubicada en el puesto doceavo,
justo por delante de Bilbao, Lérida, Granada y Madrid.
El incremento de esta tasa con respecto a 2008 en Ceuta ha
sido de un 4,92%, el séptimo más alto de todo el país.
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras,
cuyo hecho imponible está constituido por la realización de
cualquiera de esas actividades para las que se exija
obtención de la correspondiente licencia de obras o
urbanística, sitúa a Ceuta, que cobra 99 euros por cada
6.000 euros de coste real de la obra, en el puesto número
51, descuento del 50% incluido.
Sin computar este, la ciudad, que aplica un tipo impositivo
del 3,3%, subiría al puesto número 39, ex aequo con Burgos y
Las Palmas de Gran Canaria.
Al analizar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana Ceuta aparece en la penúltima
posición, beneficiada también por la rebaja legal del 50%.
Gracias a ella por una subida en el valor de los solares en
cuestión de 600 euros se pagan 81 euros. Si no se computa la
ciudad subiría al puesto número 31, junto a Lugo.
Tasas municipales
Tampoco sale malparada en términos de presión fiscal la
ciudad autónoma si se valoran sus tasas. La Agencia
Tributaria de Madrid revisa tres de ellas: la de retirada de
vehículos y conducción al depósito (46,90 euros hasta mil
kilos); la de recogida de Residuos Sólidos Urbanos (la
tarifa por vivienda, en función de la categoría de la calle
donde está, oscila entre 3,75 y 1,95 euros) y la de
alcantarillado, si bien es cierto que cada Ayuntamiento
aplica unos criterios de gravamen distintos y que la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales establece que todas las
cuotas tributarias correspondientes a los impuestos
municipales son objeto de una bonificación del 50%.
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