El magistrado del Juzgado de lo Penal número dos condenó
ayer a un sujeto que respondió, a través de la figura
jurídica de la conformidad, por una falta de daños por la
que deberá hacer frente al pago de cinco euros durante diez
días, sumando un total de 50 euros.
Dicha falta se encuentra recogida en el artículo 623 del
Código Penal y castiga con localización permanente de cuatro
a doce días o multa de uno a dos meses.
Los hechos se produjeron en una avenida ceutí cuando varios
agentes de la Policía Local detuvieron al imputado con su
vehículo y al hacerle la prueba de alcoholemia, el resultado
fue que estaba ebrio.
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