El titular del Juzgado de lo Penal número dos dictó ayer
sentencia condenatoria para un sujeto que respondió por un
delito de estafa por el que hará frente a seis meses de
prisión y el pago de 2.200 euros de indemnización. El
acusado reconoció haber utilizado los datos personales del
denunciante para pagar las facturas de un teléfono móvil.
Seis meses de prisión que fueron sustituidos por una multa
de 720 euros y el pago de 2.200 euros en concepto de
indemnización al afectado fueron las penas dictadas ayer por
el magistrado del Juzgado de lo Penal número dos para un
sujeto que respondió, a través de la figura jurídica de la
conformidad, por un delito de estafa.
En este caso, por el uso fraudulento de los datos personales
del denunciante para hablar por teléfono móvil cargando las
facturas a la cuenta del perjudicado sin que este tuviese
conocimiento.
Los hechos se produjeron el 29 de mayo de 2007 cuando el
denunciante se percató de que en su cuenta bancaria
aparecían dos extractos correspondientes a 1.600 euros y 618
euros procedentes de un teléfono móvil bajo la modalidad de
prepago que no le pertenecía y que incluía llamadas muy
costosas al extranjero. Fue entonces cuando denunció los
hechos ante la autoridad competente sentando ayer en el
banquillo de los acusados al condenado.
El delito de estafa viene recogido en los artículos 248 y
249 del Código Penal los cuales castigan a aquellos que con
ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación
informática o artificio semejante, consigan la transferencia
no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio
de tercero.
Además, para la fijación de la pena se tiene en cuenta el
importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al
perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los
medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias
sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
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