Agentes de la Policía Local procedieron el pasado viernes a
levantar un Acta por Tenencia de animales potencialmente
peligrosos contra un ciudadano que lleva a su perro,
considerado como tal, “sin bozal o no sujeto con cadena en
lugares públicos”.
La Ley 50/1999 considera con carácter genérico animales
potencialmente peligrosos a “todos los que, perteneciendo a
la fauna salvaje, siendo utilizados como animales
domésticos, o de compañía, con independencia de su
agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan
capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a
otros animales y daños a las cosas”.
Llevar a un perro de este tipo sin bozal ni cadena puede
conllevar sanciones de entre 300 y 2.400 euros, ya que se
considera una infracción grave.
La legislación exige que “para la presencia y circulación en
espacios públicos de los perros potencialmente peligrosos es
obligatoria la utilización de correa o cadena de menos de
dos metros de longitud, así como un bozal homologado y
adecuado para su raza”.
La tenencia de cualesquiera animales clasificados como
potencialmente peligrosos al amparo de esta Ley requerirá la
previa obtención de una licencia administrativa, que será
otorgada por las entidades locales correspondientes.
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