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melilla - LUNES, 17 DE AGOSTO DE 2009


vista de melilla. melilla hoy.

subsidio
 

Los autónomos de Melilla en paro cobrarían entre 583 y 1.383 euros

Todo dependerá si sale adelante la propuesta presentada por el Ministerio de Trabajo al Gobierno
 

MELILLA
Mustafa Ahmed

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Los autónomos melillenses que queden en paro podrán cobrar un subsidio de desempleo como cualquier otro trabajador por cuanta ajena, con una cuantía que oscilaría entre los 583 y los 1.383 euros. Todo dependerá si sale adelante la propuesta presentada en el último Consejo de Ministros por el titular de Trabajo, Celestino Corbacho, lo que haría realidad este compromiso.

Según la propuesta, la cuantía del subsidio, durante todo su periodo de disfrute, será del 70% de la base por la que venía el autónomo cotizando durante los doce meses anteriores. La prestación no será menor de 583,38 euros mensuales y no podrá superar los 1.383,9 euros. Además, tendrá una duración de entre dos y seis meses y de hasta nueve en el caso de los mayores de 60 años.

Voluntario y obligatorio

El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese, siempre según la propuesta del Ministerio de Trabajo.

Cotizaciones

Teniendo en cuenta que en los primeros 12 meses no existe gasto en prestación, se ha establecido un tipo de cotización para los trabajadores autónomos del 1,5 por ciento de la base, con una reducción del 0,5 por ciento en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1%, que sobre la base mínima de 833,40 euros, la cotización mínima sería de 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción de 0,5 por ciento y de 8,33 con la reducción.

Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá el tipo de cotización que permita financiar este sistema de protección.
 

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