Los autónomos melillenses que queden en paro podrán cobrar
un subsidio de desempleo como cualquier otro trabajador por
cuanta ajena, con una cuantía que oscilaría entre los 583 y
los 1.383 euros. Todo dependerá si sale adelante la
propuesta presentada en el último Consejo de Ministros por
el titular de Trabajo, Celestino Corbacho, lo que haría
realidad este compromiso.
Según la propuesta, la cuantía del subsidio, durante todo su
periodo de disfrute, será del 70% de la base por la que
venía el autónomo cotizando durante los doce meses
anteriores. La prestación no será menor de 583,38 euros
mensuales y no podrá superar los 1.383,9 euros. Además,
tendrá una duración de entre dos y seis meses y de hasta
nueve en el caso de los mayores de 60 años.
Voluntario y obligatorio
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y
obligatorio. Tendrán derecho a la protección los
trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
La duración de la protección estará en función de los
periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses
anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los
que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente
anteriores a dicha situación de cese, siempre según la
propuesta del Ministerio de Trabajo.
Cotizaciones
Teniendo en cuenta que en los primeros 12 meses no existe
gasto en prestación, se ha establecido un tipo de cotización
para los trabajadores autónomos del 1,5 por ciento de la
base, con una reducción del 0,5 por ciento en la cotización
por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el
trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre
un 1%, que sobre la base mínima de 833,40 euros, la
cotización mínima sería de 12,5 euros mensuales, sin aplicar
la reducción de 0,5 por ciento y de 8,33 con la reducción.
Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado
establecerá el tipo de cotización que permita financiar este
sistema de protección.
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