Los parados que hayan agotado su prestación después del 1 de
agosto y no dispongan de ingresos superiores al 75% de
Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrán solicitar a
partir de hoy en las oficinas del INEM la ayuda mensual de
420 euros que el Gobierno aprobó el pasado jueves. El BOE
publicó el sábado el Decreto Ley por el que se regula el
programa temporal de protección por desempleo e inserción,
que tendrá una duración de seis meses, prorrogable mientras
la tasa de paro supere el 17%.
Las ayudas de 420 euros mensuales estarán destinadas a los
parados que hayan agotado la protección y no dispongan de
ingresos superiores al 75% de salario mínimo (SMI), medida
que beneficiará a unos 340.000 personas en todo el país.
La financiación de la prestación, estimada en 642 millones
de euros, correrá a cargo de los presupuestos del Servicio
Público de Empleo Estatal, mientras las comunidades
autónomas financiarán las acciones incluidas en los
itinerarios de empleo, en los que habrán de estas inscritos
los beneficiarios.
Concretamente, los beneficiarios de este programa deberán
ser menores de 65 años desempleados, que hayan agotado la
prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día
1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha
y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de
rentas superiores al 75% del salario mínimo
interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por
agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por
desempleo. El perceptor de esta renta asumirá el compromiso
con el servicio público de empleo de su comunidad autónoma
de participar en un itinerario de formación y empleo.
Además, su percepción será incompatible con otras rentas
concedidas por las distintas administraciones. Los
beneficiarios dispondrán de dos meses desde el momento que
hayan agotado su prestación para solicitar la ayuda.
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