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ACTUALIDAD - DOMINGO, 2 DE AGOSTO DE 2009


playa ceutí. archivo.

medio ambiente
 

Medio Ambiente aún tiene
pendiente el deslinde de una
cuarta parte del litoral ceutí

Ceuta es una de las regiones
costeras españolas donde más
retrasado va este trabajo. La ciudad
autónoma tiene 22,8 kilómetros de
Dominio Público Marítimo-Terrestre

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Ministerio de Medio Ambiente aún tiene pendientes por deslindar como Dominio Público Marítimo Terrestre cinco de los 22 kilómetros del litoral ceutí, según los últimos datos del departamento que dirige Elena Espinosa, cerrados a fecha 30 de junio de este año. Durante el último año y medio no se ha avanzado un solo metro. Según el responsable del Área de Fomento de la Delegación, Jesús Padillo, la Administración General del Estado se propone concluir antes de abordar este trabajo los proyectos de regeneración de diferentes puntos del litoral de la ciudad autónoma que ya están en marcha o diseñados.

El Plan plurianual de Deslindes del Ministerio de Medio Ambiente prevé, de acuerdo con la Ley de Costas de 1988, la delimitación de los bienes de dominio público marítimo-terrestre con el objetivo de “garantizar el uso público del litoral, regular la utilización racional de los bienes y conseguir un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar”. De los 22,8 kilómetros de costa de la ciudad autónoma ya se ha logrado establecer los límites de dicho dominio en el 77%, 17,7 kilómetros, pero sigue siendo una tarea pendiente el hacerlo con otros cinco.

Según la Ley de Costas, las actuaciones administrativas sobre el Dominio Público Marítimo-Terrestre deben ir encaminadas a “asegurar su integridad y adecuada conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias”. Además, debe garantizarse “el uso público del mar, su ribera y del resto del Dominio y regular el uso racional de estos bienes en términos acordes con su naturaleza, fines y respeto al paisaje”. Asimismo, debe conseguir y mantener un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar.

El primer elemento para cumplir con los mandatos de la Ley de Costas es contar con deslindes actualizados del Dominio Público Marítimo-Terrestre en todo el litoral, aunque en Ceuta no se ha producido ningún avance al respecto desde hace un año y medio.

El responsable del Área de Fomento de la Delegación del Gobierno, Jesús Padillo, explicó ayer que la Administración General del Estado tiene previsto acometer antes de abordar esta tarea los proyectos de regeneración de diferentes puntos del litoral ceutí para, a renglón seguido, delimitar el Dominio.

La longitud de la costa española es de unos 10.100 kilómetros de los que 8.885 se encuentran deslindados (el 87%) en la actualidad. Restan por tanto unos 1.305 kilómetros para completar el deslinde de la costa española, propósito que aún marcha con niveles inferiores a los de Ceuta en provincias como Vizcaya (77,2%), Málaga (72,5%). Huelva (72,7%) y Las Palmas (74,3%). En Melilla, que sólo tiene 7,3 kilómetros de costa, tan sólo se han deslindado 2,4, el 66,7% del total.

La Delegación del Gobierno tiene incoados varios expedientes para recuperar el Dominio Público Marítimo Terrestre del área de Miramar, donde procederá a la demolición de las viviendas allí asentadas hace varias décadas, aunque no hasta que se garantice el realojo de sus actuales ocupantes.

La Administración General del Estado ha abierto durante los últimos catorece años más de 30 expedientes administrativos sancionadores en Ceuta por construcciones ilegales en la zona de dominio público marítimo-terrestre, según estiman fuentes oficiales.
 


Un paso necesario para llevar a cabo una adecuada gestión del área y para lograr “un adecuado nivel de calidad de las aguas y la ribera del mar”

En su Exposición de Motivos, la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas, señala que la costa española, con un 24% de playas, constituye un valioso patrimonio por las grandes posibilidades que ofrece, pero escaso ante las crecientes demandas que soporta, y muy sensible y de difícil recuperación en su equilibrio físico. Asimismo advierte que son diversos los factores que han incidido negativamente sobre su conservación, y que el doble fenómeno de destrucción y privatización del litoral, que amenaza extenderse a toda su longitud, exige de modo apremiante una solución clara e inequívoca, acorde con la naturaleza de estos bienes, y que, con una perspectiva de futuro, tenga como objetivos, la defensa de su equilibrio y su progreso físico, la protección y conservación de sus valores y virtualidades naturales y culturales. Uno de los objetivos de la citada Ley (B.O.E. núm. 181, de 29 de Julio de 1988) y del Reglamento General para desarrollo y ejecución (B.O.E. núm. 297, de 12 de Diciembre de 1989) consiste en la realización del deslinde de dominio público marítimo terrestre (DPM-T), en aquellas zonas donde no exista o sea incompleto, para su adaptación a las definiciones contenidas en el Título I del citado texto legal. El objetivo es determinar el DPM-T, garantizar su uso público, regular la utilización racional de los bienes y conseguir un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar. Para llevar a cabo una adecuada gestión del DPM-T se hace por tanto necesario tener aprobados los correspondientes expedientes de deslinde del litoral español
 

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