Se ha tomado una iniciativa por parte de la consejería de
Medio Ambiente y en su decreto por parte de la Viceconsejera
de Calidad Ambiental; Celinia de Miguel ha dispuesto a
elaborar la orden de veda reguladora de la concesión de
autorizaciones excepcionales para la capturas de especies de
aves fringilidas.
Las aves fringilidas son pájaros principalmente granivoros
aunque también pueden ser insectivoros y que suelen ser
excelentes aves canoras como jilgueros (Carduelis Carduelis),
Verderón Común (Carduelis Chloris) o Pardillo Común (Carduelis
Cannabina).
Se han establecido dos periodos de capturas hábiles: el
periodo estival se comprende desde el 15 de julio hasta el 5
de agosto donde se podrán capturar todo pájaro novel es
decir no los adultos. Dentro de estos los que destaquen por
su canto serán usados para los certámenes y concursos de
cantos que se disputaran a partir del próximo año 2010,
tanto para los locales, autonómico, puntuables en zonas
cercanas y el nacional.
El segundo periodo será el otoñal comprendido entre el 20 de
octubre y el 20 de noviembre donde se podrán observar las
migraciones de las distintas especies, estos serán usados
para cruzar con canarias pudiendo sacar respectivos mixtos.
En ambos periodos solo se podrán tener un total de nueve
ejemplares (cinco jilgueros, dos pardillos y dos
verderones).
Para ser titular de las autorizaciones excepcionales, serán
requisitos indispensables: hay que pertenecer a una sociedad
de canaricultores o silvestrista adscrita a la Federación de
Caza, haber participado al menos en uno de los concursos del
último año y por supuesto que todas las aves que participen
en concursos o certámenes deberán estar anilladas.
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