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ACTUALIDAD - LUNES, 29 DE JUNIO DE 2009


jueces de la audiencia provincial. e.p.

Operación marinas, contra el blanqueo de capitales
 

Los últimos acusados se pueden beneficiar con penas de 6 meses de prisión

El Tribunal Supremo rebajó la inicial de cuatro años de cárcel y fueron bajando las condenas al alegar que no se trataba de una organización

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La intervención del Tribunal Supremo marcó un antes y un después en el enjuiciamiento de los imputados de la Operación Marinas. Mientras la Audiencia dictaba sentencias de más de 4 años de prisión, el órgano superior marcó un criterio uniforme alegando que no se demostraba que hubiese una organización. Ahora, los acusados se enfrentan a 6 meses.

Durante los primeros procedimientos, la Sección VI de la Audiencia Provincial caminó por la línea de dictar sentencias condenatorias de 4 años, 7 meses y 15 días de prisión para los imputados al entender que estaba acreditado el delito de blanqueo de capitales y que el dinero de la adquisición de las embarcaciones procedía del tráfico de drogas; además de considerar que esos ‘hombres de paja’ actuaban dentro del marco de una organización.

Los indicadores de las sentencias medían el para qué de la embarcación, cómo se había adquirido y si estaba involucrada, o uno de sus conductores, en el tráfico de estupefacientes. Y todos, como pruebas de indicios. Es por ello que varios letrados de la ciudad plantearon recursos de casación que llegaron a manos del Tribunal Supremo, que absolvió a varios imputados. “Desde este órgano consideraron que el informe de la Guardia Civil no era suficiente para acreditar la vinculación con el narcotráfico que se basaba en notas de archivo”, recordó el letrado ceutí.

A esta iniciativa se unieron otros abogados defensores por lo que el Tribunal Supremo buscó un criterio uniforme para todos los procedimientos que llegaban desde Ceuta, produciéndose un giro inesperado en la Operación Marinas.

Se tomó como partida que el marco de la organización no estaba probado y el Tribunal Supremo rebaja las penas a 3 años y 3 meses.

Al ser tan numerosos los procedimientos, comenzaron a cambiar los criterios de defensa de los abogados que miraban los informes detalladamente para ver de qué manera se podía llegar a la libre absolución. Y entonces aparecióla figura jurídica de la conformidad a través de la Fiscalía, que concede el beneficio de reducir la pena a 2 años.

Cuando la Guardia Civil se saturaba por la elaboración de informes que pedían los juzgados, letrados y Fiscalía llegaba a un acuerdo antes de ir a juicio y la condena quedaba en un año de presidio.

Una vez que se limpiaron casi todos los juzgados, la Fiscalía, para evitar que los procedimientos se ralentizasen aún más por estos informes, pidió para los imputados la pena de seis meses, lo que puede suponer un beneficio actual para estos últimos sin que lleguen dichos informes.
 


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