Un joven deberá hacer frente al pago de 360 euros de multa
al responder, a través de la figura jurídica de la
conformidad, por un delito de simulación de delito,
tipificado en el artículo 456 del Código Penal.
Dicho artículo castiga a los que, con conocimiento de su
falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputasen a
alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían
infracción penal, si esta imputación se hiciera ante
funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de
proceder a su averiguación, tal y como dicta dicho Código.
Efectivamente, los hechos se produjeron el seis de noviembre
de 2007 cuando el acusado sacó dinero en una sucursal del
BBVA ubicada en la Avenida de España. Acto seguido, denunció
ante la autoridad que le habían robado cierta cifra
económica aunque, posteriormente, reconoció que lo había
extraído él mismo y había inventado la trama.
Por ello, el magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 le
condenó a seis meses de multa con una cuota diaria de dos
euros alcanzando el montante de los 360 euros.
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