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sucesos - VIERNES, 5 DE JUNIO DE 2009


vista de ceuta. archivo.

sentencia
 

Pagará 6.080 euros por destrozar una habitación del hotel La Muralla

El acusado, que presenta un cuadro médico de trastorno de la realidad, se someterá a un tratamiento psiquiátrico durante cuatro meses para evitar la sanción económica
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El magistrado del Juzgado de lo Penal número dos dictó ayer sentencia contra un sujero que respondió, de conformidad, por un delito de daños por el que deberá pagar 1.080 eruos además de una indemnización que supera los 5.000 euros. Al parecer, el acusado presenta un cuadro médico de trastorno de la realidad por lo que el juez sustituyó la sanción económica por un tratamiento de cuatro meses ya que el imputado, el día de los hechos, no era consciente de los destrozos causados en dicho hotel.

Los hechos denunciados se produjeron sobre la una y media de la tarde del viernes, 15 de mayo, cuando los agentes de la Policía Local fueron requeridos a través de la Central para que se personaran en las instalaciones del hotel La Muralla.

Una vez en el lugar de los hechos, los policías se entrevistaron con el responsable hotelero, el cual les comentó que uno de los inquilinos se encontraba practicando multitud de golpes, pudiendo suponer que estaba rompiendo el mobiliario. Por ello, los agentes se dirigieron al habitáculo donde les abrió la puerta un hombre, el acusado, que los dejó pasar y comprobando los agentes que, efectivamente, presentaba multitud de destrozos.

La Policía pudo también corroborar que dicha persona no se encontraba bien psicológicamente, por lo que fue asistido por los facultativos del hospital y luego, trasladado a Comisaría por lo sucedido.

Estos hechos fueron calificados ayer por el magistrado del Juzgado de lo Penal número dos como un delito de daños, tipificado en el artículo 263 del Código Penal por el que el imputado deberá hacer frente al pago de 1.080 euros de multa además de 5.167 euros más, en concepto de indemnización, por los daños causados en la habitación del hotel La Muralla.

La sanción económica finalmente fue sustituida por medidas de seguridad, es decir, cuatro meses de tratamiento ya que la médico forense diagnosticó que el cuadro presentado por el procesado se correspondía con el trastorno mental transitorio. Esto es, alteración o anomalía psíquica de la realidad, por ello se le eximió de r4sponsabilidad criminal siguiendo el artículo 20 de Código Penal el cual dicta que “están exentos de responsabilidad criminal los que, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión”.
 

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