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sociedad - MARTES, 2 DE JUNIO DE 2009

 

comisiones obreras

CCOO critica la supresión a las trabajadoras
de prisiones de la escala femenina

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El representante de prisiones de la Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Comisiones Obreras (FSAP-CCOO), Manuel Domínguez, criticó ayer “la situación del colectivo femenino de vigilancia interior en las prisiones españolas”, que, a su juicio, “se ha visto afectado de forma negativa con la aplicación de la Ley de Igualdad que ha conllevado la supresión de las escalas femenina y masculina en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias”.

Para el representate de FSAP-CCOO en el Centro Penitenciario de Los Rosales, la eliminación de dichas escalas “conlleva graves perjuicios al colectivo de trabajadoras”, ya que “hay que tener una idea clara de cómo funciona una prisión por dentro, los riesgos del trabajo y la responsabilidad que se les exige a dichas funcionarias”.

De hecho, el sindicato recuerda que dicha situación ha dado lugar a una Proposición no de Ley presentada recientemente por el Partido Popular (PP), en la cual expone que “la separación de funciones de vigilancia directa en una escala femenina y masculina no es una discriminación, sino la consecuencia de un criterio de organización del trabajo que consideramos adecuado y necesario por la especial naturaleza de dicho trabajo y la forma en que éste se desarrolla”.

“El nivel de conflictividad de los módulos de internos es muy superior al de las mujeres presas en España”, señala la ponencia que el PP ha presentado en el control de la acción del Gobierno, “la diferencia física, las posibles agresiones de todo tipo dentro de un colectivo en el que un 75 por ciento son personas con diferentes trastornos que van desde los psicóticos a los de inadaptación, falta de control o violencia, entre otros, y que ponen en riesgo la seguridad física de las funcionarias al margen de otro tipo de posibles agresiones que se producen en las prisiones”, concluye.

Sentencia

Existe además una sentencia contra la Subdirección General de Instituciones Penitenciarias que establece que “la adscripción a tareas de vigilancia de internos sin la exigida separación de sexos supone un atentado a la intimidad de los reclusos/as y una vulneración del estatuto funcionarial al adscribirles a funciones que no les corresponde”.
 

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