La propuesta para la creación del Consejo del Diálogo Social
y Regulación de la Participación Institucional elaborado por
la Unión General de Trabajadores (UGT) de Ceuta, al que ha
tenido acceso EL PUEBLO, incluiría, fundamentalmente, seis
acuerdos:
Primero: Apoyar la realización de las actividades necesarias
para la creación y regulación normativa del Consejo del
Diálogo Social de Ceuta así como de la Participación
Institucional de las organizaciones sindicales y
empresariales más representativas de la ciudad.
Segundo:
a) El Consejo del Diálogo Social contará con una Oficina
Técnica dependiente funcionalmente del mismo y orgánicamente
de la Consejería competente, sin perjuicio del apoyo del
personal correspondiente de otros órganos de la
Administración autonómica, sus empresas públicas que
desarrollen actuaciones relacionadas con las materias objeto
del diálogo social. No obstante, en el futuro, tras valorar
el funcionamiento de este modelo de organización
administrativa, las partes unánimemente podrán acordar otras
fórmulas organizativas. Los instrumentos para la provisión
de los puestos de trabajo y la organización interna de la
referida Oficina Técnica, sin perjuicio de su desarrollo por
el Reglamento del Consejo del Diálogo Social y conforme a la
regulación de la Ley del Gobierno y de la Administración de
la Ciudad y a la normativa de la función pública, contará
con el acuerdo de las partes que componen el Consejo del
Diálogo Social.
b) Las organizaciones sindicales y empresariales más
representativas, con la finalidad de facilitar el
cumplimiento de sus funciones en relación con el Consejo del
Diálogo Social, estarán representadas ante la Oficina
Técnica; con este fin, convienen promover la correspondiente
asistencia técnica a favor de cada una de ellas.
c) El Consejo del Diálogo Social podrá establecer mecanismos
de colaboración con otras instituciones públicas y privadas
que permitan la participación de las mismas en el Consejo,
previa invitación.
Tercero: Apoyar la realización de las actividades necesarias
para que las subvenciones nominativas por fomento de la
participación institucional de las organizaciones sindicales
y empresariales más representativas se fijen teniendo en
cuenta el número de órganos de participación existentes, la
medida de reuniones anuales que celebren y el número de
representantes que asistan y, todo ello, de acuerdo con un
criterio de paridad de la representación. La cuantía de la
subvención nominativa variará anualmente igual que el IPC,
con el límite del crecimiento de presupuesto de la ciudad.
Cuarto: Apoyar la actualización de las subvenciones
nominativas que las organizaciones sindicales y
empresariales más representativas de la ciudad percibieran
por el fomento de su actividad como organizaciones de
interés general en el ámbito económico y social. Esta
subvención variará anualmente igual que el IPC, con el
límite del crecimiento del presupuesto de la Ciudad.
Quinto: Fomentar la participación institucional de las
organizaciones empresariales y sindicales más
representativas de Ceuta en las empresas públicas y
fundaciones públicas de la administración de la ciudad, de
acuerdo con la normativa interna de las mismas y conforme a
unos criterios.
Sexto: Los acuerdos alcanzados con anterioridad al presente
acuerdo siguen vigentes y deben seguir siendo ámbitos de
concertación y acuerdo a través de los mecanismos de
seguimiento previstos en ellos, considerándolos desde una
perspectiva dinámica, que permita su revisión, actualización
y prórroga, en virtud de su desarrollo o de las nuevas
necesidades surgidas en su aplicación.
|